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Decreto del Presidente número 17/2021, de 23 de febrero, por el que se actualizan las medidas restrictivas al amparo del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2

Fuente: BORM número 45 de 24/02/2021

Objeto.

Es objeto del presente Decreto actualizar las medidas restrictivas de carácter general para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.

Se determina la limitación de la libertad de circulación de personas en horario nocturno durante el periodo comprendido entre las 22:00 y las 6:00 horas.

Limitación de la entrada y salida de personas en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

Se determina la restricción de la entrada y salida de personas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados.

Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.

Se determina la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público y privado, tanto en locales cerrados como al aire libre, que queda condicionada a un máximo de 4 personas, salvo que se trate de convivientes.

En el caso de agrupaciones que incluyan tanto personas convivientes como no convivientes, el número máximo permitido será de 4 personas.

Limitación a la permanencia de personas en lugares de culto.

Se determina la limitación de la permanencia de personas en lugares de culto, de conformidad con los siguientes aforos para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos:

Ceremonias: no podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados (con un máximo de 30 personas).

Lugares de culto: no podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados. Se recomienda ofrecer servicios telemáticos o por televisión.

Sin limitaciones al aire libre siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Efectos. 

Desde las 00:00 horas del día 24 de febrero de 2021 y mantendrá su eficacia durante el plazo de un mes.

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