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Anuncio de aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de las ayudas para el fomento de la natalidad en Ulea (RENACE)

Es objeto de esta Ordenanza la regulación de los términos y condiciones en que se otorgarán las ayudas para el fomento de la natalidad y el asentamiento de la población de Ulea.

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas los progenitores con hijos menores de tres años a su cargo, siempre que esté empadronado uno de los cónyuges y el/la menor de tres años a su cargo, en el municipio de Ulea con una antigüedad de 6 meses previa a la solicitud. 

La cuantía a percibir por los beneficiarios dependerá de los ingresos de la unidad familiar, el número de hijos/as menores de tres años por unidad familiar y el grado de discapacidad que, en su caso, pueda tener reconocido el/la menor a cargo de los beneficiarios de esta ayuda.

Se abonará en pagos mensuales por parte del Ayuntamiento.

La ayuda consistirá en un pago mensual de 250 euros, para los beneficiarios cuyos ingresos brutos anuales asciendan a menos de 60.000 euros.

La ayuda consistirá en un pago mensual de 175 euros para los beneficiarios cuyos ingresos brutos anuales asciendan a un importe igual o superior a los 60.000 euros.

Se tendrán en cuenta los ingresos de los dos progenitores del/la menor de 3 años.

La ayuda se verá incrementada en 50 euros mensuales en aquellos casos en que el/la menor tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

En caso de nacimientos múltiples y/o en aquellos casos en que la unidad familiar es beneficiaria de varias ayudas por tener varios hijos/as a su cargo menores de tres años, la ayuda ascenderá a las siguientes cuantías:

Por el primer menor se percibirá el 100% de la ayuda que corresponda;

Por el segundo menor se percibirá el 70% de la ayuda que corresponda; y A partir del tercer menor se percibirá el 50%.

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