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Rectificación de errores de la Orden de 2 julio que modifica la que se modifica el Modelo de Acuerdo de Concierto Social para la reserva y ocupación de plazas en centros con medidas de seguridad para menores a los que se les haya impuesto medidas judiciales de internamiento dictadas por los jueces de menores y por la que se determina el importe de las mismas

Con fecha 26 de marzo de 2021 se publicó en el BORM la Orden, de 24 de marzo de 2021, por la que se aprueba el modelo de acuerdo de concierto social para la reserva y ocupación de plazas en centros con medidas de seguridad.

Asimismo, con fecha 8 de julio de 2021 se publicó en el BORM Orden de 2 de julio de 2021 por las que se modificaban las cláusulas quinta, sexta y octava del citado modelo de acuerdo de concierto social. 

Advertido error en la cláusula sexta, apartado 1.a), en la mencionada Orden de 2 julio de 2021,  se procede a su corrección en los siguientes términos:

Cláusula Sexta: Personal

En el apartado

1. Personal requerido para el funcionamiento del centro:

a) Personal Socioeducativo.

Donde dice

• Educador Social (0,10 por menor)

• Auxiliar Educativo (0,68 por menor)

 

Debe decir:

• Educador Social (0,52 por menor)

• Auxiliar Educativo (0,26 por menor)

 

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