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Corrección de error de la Orden de 27 de julio de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios. 

Advertido error material por omisión en la Orden de 27 de julio de 2021 de la Consejería de Salud, se procede a su subsanación:

En el artículo 4, relativo a las medidas aplicables a los sectores regulados en la Orden de 1 de junio de 2021 de la Consejería de Salud, se adiciona el apartado 15 con la siguiente redacción:

“4.15 Con carácter general para toda la Región de Murcia y sin perjuicio de la regulación más restrictiva que puedan establecer los distintos Ayuntamientos, en su caso, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas entre las 22.00 y las 6.00 horas, con excepción de aquellos establecimientos o servicios que lo tengan permitido para su consumo inmediato dentro del local.

Esta prohibición resultará de aplicación tanto para la venta ambulante como para la venta a distancia o a domicilio de bebidas alcohólicas.”

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