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Aprobación definitiva de la ordenanza municipal reguladora de la sustitución por medidas socio-educativas y prestaciones en beneficio de la comunidad de las sanciones por infracciones administrativas impuestas a menores del Ayuntamiento de Cieza

La ordenanza tiene por objeto la regulación del procedimiento de sustitución de las sanciones pecuniarias impuestas por infracciones administrativas a los menores residentes en el municipio de Cieza, o expedientes de responsabilidad patrimonial de los padres por los actos dañosos de sus hijos, contrarios a las siguientes materias:

· Limpieza viaria y gestión de los residuos domésticos del Ayuntamiento de Cieza.

· Venta, dispensación y suministro de bebidas alcohólicas, así como su consumo en espacios y vías públicas.

· Tráfico y Seguridad Vial.

· Las contenidas en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo de protección de la seguridad ciudadana, en su caso.

· Y en aquellas otras contenidas en las ordenanzas y demás normas cuya competencia sancionadora corresponda a la Administración municipal. 

Los destinatarios serán todos aquellos menores residentes en el municipio de Cieza sancionados por infringir alguna conducta recogidas anteriormente.

Se establecen dos franjas de edad:

- Menores hasta 14 años que comentan algún tipo de infracción de tráfico, de circulación de carácter leve, algún acto vandálico o actuación incívica. Cuando las infracciones conlleven responsabilidad patrimonial de los padres o tutores del menor, y siempre que se trate de infracciones no multireincidentes ni graves, se propondrá a éste la posibilidad de acogerse a la presente Ordenanza para la realización de una actividad de carácter socio-educativo y/o un procedimiento de conciliación o reparación, previo y bajo acuerdo y supervisión parental. En caso de infracciones contra la Ley de Seguridad Ciudadana, se comunicará al Ministerio Fiscal.

- Desde los 15 años hasta los 18 años de edad: la respuesta podrá abarcar desde la medida de carácter socio-educativo, pasando por el proceso de conciliación o reparación del daño, al cumplimiento de prestaciones en beneficio de la comunidad, y en el supuesto de reincidencia en sanciones de tráfico la recogida e inmovilización del ciclomotor en dependencias municipales.

Respecto al proceso de mediación se consideran destinatarios aquellos menores de 18 años que cumplan los siguientes requisitos de idoneidad:

- Reconocimiento por parte del menor del daño ocasionado.

- Voluntad de participación en el programa.

- Capacidad para reparar el daño y ser consciente de su actuación reparadora.

Para la aplicación de la sustitución de la sanción será requisito imprescindible la aceptación y consentimiento tanto por parte de los progenitores del infractor como por el menor.

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