Reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad

 

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Reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (código 698)

 

A través de este Procedimiento se determinará el grado de discapacidad aplicando los baremos contemplados en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad  en procedimientos iniciales.

También se podrá revisar  el grado de discapacidad obtenido aplicando los citados baremos en procedimientos   de revisión por agravamiento o por finalización de plazo.

La obtención de un grado de discapacidad mayor o igual al 33% determina la posibilidad de obtener una serie de beneficios que dependerá de los distintos organismos y de las normativas vigentes.

Requisitos:

- Ser español o extranjero residente en España.
- Padecer algún tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial.
- Para ser valorado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia , ha de estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma .

Si tiene valorado el grado de discapacidad en otra Comunidad Autónoma y precisa ser valorado en Murcia , ha de solicitar previamente traslado de expediente .