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Orden de 23 de febrero de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios

Fuente: BORM número 45 de 24/02/2021

Nivel de alerta sanitario regional.

A fecha 22 de febrero de 2021, la Región de Murcia se encuentra en Fase 2 de riesgo asistencial, en atención al número medio de ingresos medios hospitalarios en los últimos días y al número de pacientes ingresados en UCI por COVID-19, por lo que el nivel de alerta sanitario regional es extremo.

Medidas aplicables.

En aquellos municipios en que se pueda continuar prestando el servicio de hostelería para consumo en el establecimiento por tener un nivel de transmisión inferior al extremo, las mesas o agrupación de mesas podrán estar ocupadas por un máximo de cuatro personas no convivientes o por un solo grupo de personas convivientes en cuyo caso no habrá límite numérico.

Con carácter general para la Región de Murcia, toda actividad comercial y de prestación de servicios abierta al público deberá cerrar sus locales y establecimientos para la atención presencial a partir de las 22:00 horas, momento de inicio de la limitación nocturna de movimientos. Después de esa hora, y hasta la hora de cierre habitual del establecimiento, únicamente será posible la prestación del servicio a domicilio.

Se mantiene, para todo el territorio regional, la suspensión temporal de las visitas así como del régimen de acompañamiento a pacientes por parte de sus familiares y personas de confianza en todos los centros sanitarios, tanto públicos como privados.

No obstante lo anterior, en relación a determinados pacientes, en especial a aquellos que se encuentren incluidos en los colectivos que merecen especial protección, se podrá autorizar, por el Gerente del respectivo centro o persona que designe, con carácter excepcional y previa petición del interesado o de la persona que le represente, que el paciente pueda ser acompañado por un único familiar o persona de confianza.

Resultará de aplicación a las instalaciones y centros deportivos la limitación horaria establecida anteriormente.

Indicadores epidemiológicos y niveles de alerta municipales.

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