Ingreso y traslado en centros ocupacionales para personas con deficiencia intelectual o enfermedad mental

Ingreso y traslado en centros ocupacionales para personas con deficiencia intelectual o enfermedad mental

 

Teléfonos de información: 968 36 20 00 - 012.

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Ingreso y traslado en centros ocupacionales para personas con deficiencia intelectual o enfermedad mental (código 771)

El objeto del Procedimiento es regular el derecho de admisión, ingresos y traslados de usuarios en centros para personas con discapacidad (no dependientes).

Podrán solicitarlo los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 60, que hayan residido en la Región de Murcia durante al menos dos años, o que su representante legal resida en ella desde, al menos, los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o haya sido trasladado a ésta por motivos laborales.

Deberá estar incapacitado judicialmente o haberse iniciado el trámite de incapacitación y no haber sido posible su integración en el mercado laboral o en un Centro Especial de Empleo.

Para acceder al servicio de residencia es necesario que carezca en su medio habitual de recursos que garanticen la atención integral necesaria para su desarrollo personal, no padecer trastornos de conducta que puedan provocar graves problemas de convivencia en el Centro, ni enfermedad infecto-contagiosa o enfermedad crónica que requieran atención permanente en centro hospitalario.