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Aprobación definitiva de la modificación del artículo 12 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de podología en los centros de mayores dependientes del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla

Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de podología en los centros de mayores dependientes del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla:

Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se solicita cita para acudir al Servicio de Podología (sea en los Centros de Mayores y/o en los domicilios).

El usuario del servicio podrá hacer efectivo el pago, mediante:

- Domiciliación bancaria, debiendo para ello facilitar el documento SEPA para su posterior liquidación, con carácter mensual, tras la prestación del servicio.

- Pago de la tasa mediante pago telemático, sistema TPV (tarjeta bancaria), en el momento de recibir el servicio.

- Podrá acudir con el justificante del ingreso el día de atención de la cita, siéndole facilitado el documento de ingreso, en los centros donde acude a solicitar la misma, con carácter previo a la prestación del servicio.

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