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Anuncio de aprobación definitiva de los Estatutos del/de la Defensor/a de las Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Águilas

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Águilas adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 30 de marzo de 2021, sobre aprobación inicial de los Estatutos del/de la Defensor/a de las Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Águilas, cuyo texto íntegro se hace público.

Exposición de motivos:

La discapacidad, una realidad presente en el 10% de la población en España (más de 4 millones de hogares), debe tener un reflejo equiparable a su importancia objetiva en la agencia política del Municipio de Águilas y dejar de ser un asunto residual y de atención marginal, como lo fue históricamente.

En los últimos años se ha avanzado en obtener esa relevancia y en la toma de conciencia política, pero queda todavía mucho recorrido para la normalización de esta realidad. Es por ello que el Ayuntamiento de Águilas, entre otras acciones, ha apostado por la creación de la figura del/de la Defensor/a de las Personas con Discapacidad, para que este colectivo tenga otro referente y punto de atención para la orientación y resolución de sus problemas.

El mayor peso específico de la discapacidad en la agenda política del municipio de Águilas ha de venir acompañado de una nueva gobernanza en este campo que pasa por:

1. Potenciar el diálogo civil y la participación efectiva en las políticas públicas del movimiento asociativo, que ha de ser corresponsable de la acción pública en la materia.

2. La creación de la figura del/de la Defensor/a de las Personas con Discapacidad que les asegure el disfrute de sus derechos.

Esta última figura, el/la Defensor/a de las Personas con Discapacidad, toma sus fundamentos de:

1. La Constitución española de 1978, en su artículo 49, dedicado específicamente a la protección de las personas con discapacidad, consagra la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad como claves de bóveda de nuestro Estado social y democrático de Derecho.

2. Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU 2006), que forma parte del Derecho interno, al haber sido aprobada y ratificada por España en 2008. Con arreglo a los principios, valores y mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, resulta preciso un compromiso de ciudad inclusiva, considerando la discapacidad como vector transversal de atención preferente en todas las líneas de acción política de gobiernos y demás instituciones locales.

3. La Ley General de Discapacidad (texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social junto con otras leyes en vigor, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre), que unifica y define el futuro de la lucha contra la discriminación y la accesibilidad universal.

4. Y se enmarca dentro de los Objetivos del Plan de Inclusión de las Personas con Discapacidad de Águilas 2018-2021, que nació como respuesta institucional a las necesidades y demandas de las personas con discapacidad con el objetivo fundamental de lograr su plena inclusión, desarrollando actuaciones coordinadas y transversales dirigidas a logar dicho objetivo.

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