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Orden de 26 de enero de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se delegan competencias de la titular del departamento en diversos Órganos Directivos de la Consejería y de su Organismo Público adscrito

Primero. Delegación en la persona titular de la Secretaría General.

1. En materia de gestión económica y/o presupuestaria
2. En materia de contratación
3. En materia subvencional
4. En materia de personal y régimen interior
5. En materia de régimen jurídico y organización administrativa
6. En materia de Registro e inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Segundo. Delegación en las personas titulares de las Direcciones Generales de la Consejería.

a) La autorización, disposición o compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago en relación con los gastos a realizar
b) La ordenación de la retención de los créditos
c) El nombramiento y cese de Cajeros Pagadores
d) Los actos de ejecución presupuestaria
e) La declaración de pagos indebidos
f) La celebración de contratos menores,
g) La tramitación de certificaciones de obras, facturas y documentos que aprueben la realización de la prestación
h) La realización de las actuaciones que como órgano competente en materia de contratación y gestor del gasto atribuye la normativa sobre bienes, servicios y suministros de contratación centralizada a los órganos peticionarios 
i) El ejercicio de cuantas facultades y actuaciones confiere al órgano concedente la normativa aplicable en materia de subvenciones y ayudas

Tercero. Delegación en la persona titular de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social.

a) La competencia para la resolución de los procedimientos de concesión de ayudas a las víctimas de terrorismo
b) La competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial que se tramiten por el organismo autónomo
c) La competencia para la solicitud de informes a la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
d) La propuesta de autorización de imputación de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, correspondientes al organismo autónomo.

Cuarto. Delegación en la persona titular de la Vicesecretaría.

a) La autorización, la disposición o compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago con cargo a las consignaciones incluidas en el Capítulo I de todos los programas de gasto de la Consejería
b) La autorización, disposición o compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago con relación a los gastos a realizar con cargo al Capítulo II de los programas de la Secretaría General
c) La celebración de contratos menores
d) La tramitación de certificaciones de obras, facturas y documentos que aprueben la realización de la prestación
e) La aprobación del plan anual de vacaciones del personal de la Consejería
f) La propuesta para la concesión o denegación de compatibilidad relativa al personal adscrito a la Consejería.
g) La remisión del correspondiente expediente administrativo

Quinto. Delegación en la persona titular de la Secretaría General Técnica del Instituto Murciano de Acción Social.

Se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica la competencia para la remisión del correspondiente expediente administrativo

Sustitución.
En los casos de ausencia, vacante o enfermedad, el ejercicio de las competencias delegadas previstas en la presente orden será ejercidas
atendiendo el régimen general de suplencias establecido en cada momento en la Orden de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se designen suplencias temporales para el despacho ordinario de asuntos.

Antefirma.
En la antefirma de los documentos o resoluciones administrativas que se firmen por delegación se hará constar tal circunstancia expresamente, así como la referencia a la presente orden.

Eficacia.
La presente orden produce efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, dejando sin efectos la Orden de 2 de junio de 2022, de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se delegan competencias de la titular del departamento en diversos órganos directivos de la Consejería y de su organismo público adscrito.

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