Decreto n.º 282/2015, de 14 de octubre, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de la Región de Murcia como Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

BORM nº 240 de 17 de octubre de 2015

Consejo de Gobierno

Vigencia: desde el 18 de octubre de 2015

Contenido

El artículo 11.10 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia atribuye a la Administración Regional competencias de desarrollo legislativo y la ejecución en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de profesiones tituladas en el marco de la legislación básica del Estado.

La Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia, promulgada al amparo del citado titulo competencial, establece como objeto de la misma la regulación de los colegios profesionales cuyo ámbito territorial se extiende a todo o a parte del territorio de la Región de Murcia, sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación del Estado en esta materia.

El artículo 5.1 de esta ley determina que toda denominación colegial deberá responder a la titulación oficial o académica poseída por sus miembros, o la profesión de éstos. Esta denominación no podrá ser coincidente o similar a las de otros colegios preexistentes en el territorio, ni inducir a error en cuanto a los profesionales que lo componen. Por su parte, el apartado 2 de este precepto añade que cuando de conformidad con sus Estatutos, un colegio acuerde el cambio de denominación, será necesaria para su efectividad la aprobación por Decreto del Consejo de Gobierno, previo informe del Consejo de Colegios correspondiente, si lo hubiera, y de los colegios afectados por el nuevo nombre.

En relación con el procedimiento de cambio de denominación de un Colegio Profesional, el artículo 4 del Decreto 83/2001, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia, y se regula el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de la Región de Murcia, indica que, en tal supuesto, la Secretaria General de Presidencia remitirá la correspondiente solicitud a la Consejería cuyas competencias guarden relación más directa con el Colegio Profesional de que se trate, la cual conforme al apartado 2 de dicho precepto, tras las oportunas comprobaciones podrá iniciar la elaboración de proyecto de decreto para el cambio de denominación solicitada.

El actualmente denominado Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales acordó por unanimidad en Asamblea celebrada el 17 de noviembre de 2014, el cambio de denominación del mismo por el de Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, a fin de hacerlo congruente con la nueva titulación académica.

La actual Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades es el departamento de la Administración Regional cuyas competencias guardan relación más directa con las de dicho Colegio.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 14 de octubre de 2015

Dispongo:

Artículo único. Aprobación del cambio de denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de la Región de Murcia.

Aprobar el cambio de denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de la Región de Murcia que pasa a denominarse Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia.

Disposición final. Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 14 de octubre de 2015.—La Presidenta en funciones, M.ª Dolores Pagán Arce.—La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Violante Tomás Olivares.