Pagina principal |

Extracto de la Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, por la que se convocan subvenciones para el ejercicio 2022 dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social y a asociaciones de empresas de inserción para labores de divulgación y comunicación

Objeto:
Fomentar la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social a través de las ayudas a la contratación en empresas de inserción, así como el fomento de la divulgación de la actividad de las empresas de inserción.

Programas:

Programa 1: Subvención a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo.
Programa 2: Subvención a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico de producción y acompañamiento.
Programa 3: Subvención al fomento de acciones de comunicación y divulgación realizadas por asociaciones de empresas de inserción que representen al menos un tercio de las empresas de inserción inscritas de forma definitiva en el Registro de Empresas de Inserción de la Región de Murcia.

Empresas beneficiarias:

Programas 1 y 2: empresas de inserción que se encuentren inscritas y calificadas por el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y cumplan los requisitos establecidos.

Programa 3: asociaciones de empresas de inserción que representen al menos a un tercio de las empresas de inserción inscritas definitivamente a la fecha de la solicitud en el Registro de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Bases reguladoras:
Orden de 30 de julio de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social, y a asociaciones de empresas de inserción para labores de divulgación y comunicación (BORM número 177 de 1 agosto de 2020)

Plazo para la presentación de solicitudes:
Se iniciará al día siguiente de la entrada en vigor de la presente Orden y terminará el día 30 de septiembre de 2022.

Otros datos:
La concesión de las subvenciones de los programas 1 y 2 se realizará teniendo en cuenta el orden de entrada de las solicitudes y en el caso de que éstas fueran incompletas, desde la fecha de su subsanación. 
Para la concesión de subvenciones incluidas en el programa 3 se llevará a cabo previa valoración de la idoneidad de los proyectos presentados, siendo los criterios de valoración los recogidos en el artículo 11.2 de la Orden de bases reguladora.

Descargar Orden de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 978 KB)
Acceder a la página web del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas para descarga de anexos
 
1 / 1