Legislación | Pagina principal |

Anualmente deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar:

 

Los Objetivos a alcanzar
Los recursos que se ponen a su disposición
Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución


Son obligaciones del IMAS:

 

a. El conocimiento técnico, económico y de coyuntura del sector de mercado en el que se inserte la actividad o servicio del IMAS en cada momento.

b. En particular, el organismo autónomo debe conocer y dominar la técnica más eficiente para producir los bienes o servicios encomendados, compatible con los principios de respeto al ordenamiento jurídico en materia de medio ambiente, residuos y consumo eficiente de materias primas.

c. Recabar los informes y estudios técnicos, jurídicos y económicos que avalen suficientemente la forma en que se ejecutarán los Planes Anuales de Actuación y Planificación Estratégica 2023 (en adelante PAAPE).

d. Conocer y estar informado de la evolución de los costes de mercado en régimen de libre competencia para la adquisición de recursos, bienes y servicios que se requieran para cumplir sus objetivos, adecuando, cuando sea posible, los precios de licitación de los contratos a los más eficientes que predominen en el mercado.

e. Llevar a cabo todas las actuaciones formales y materiales que se requieran para la adquisición de bienes, recursos y servicios necesarios para la ejecución de los PAAPE, con estricta sujeción a la normativa aplicable en materia de contratación y en particular conforme a los principios de publicidad y concurrencia.

f. Asegurarse, comprometer y reservar la financiación necesaria, de carácter limitativo, para ejecutar los PAAPE correspondientes, suspendiendo la ejecución de los proyectos en curso cuando la previsión de financiación se vea interrumpida, suspendida o reducida o los costes excedan de los inicialmente calculados.

g. Establecer en los procesos de licitación y adquisición de bienes y servicios, las advertencias y los mecanismos que, siendo compatibles con la normativa de contratación, permitan la suspensión justificada y sin indemnización de los contratos en curso conforme al procedimiento jurídico contractual de aplicación, con la finalidad de prever y anticiparse a todas las contingencias y circunstancias que pudieran devenir y de las que pudieran derivarse perjuicios para el IMAS o para la Consejería.

h. En todos los contratos que se celebren por el IMAS, se incluirán cláusulas de penalización económica para los supuestos de incumplimiento de contratos por parte de los contratistas, en especial, por retrasos injustificados en los plazos de ejecución, por sobrecostes no contemplados en el contrato, así como por los defectos en la calidad de los bienes, de las obras, de los materiales o de los servicios adquiridos.

i. Junto con el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación en materia de contratos, se exigirá que junto con los pliegos de condiciones, exista en todo caso un informe económico de valoración justificativa del coste, a precios de mercado, en el que se sustente el presupuesto de licitación y que deberá formar parte en todo caso del expediente de contratación.

j. Hacer el seguimiento semestral de los objetivos de los Planes Anuales de Actuación y Planificación Estratégica. Elaborar de forma veraz y fidedigna los indicadores de ejecución de objetivos y facilitarlos a la Consejería de adscripción o a la competente en la materia.

k. A cumplir diligentemente y en el menor plazo posible, las peticiones de información y/o documentación que se reciban de la Consejería de adscripción o de la Consejería competente en materia de hacienda o función pública.

l. Actuar con total transparencia en sus relaciones con todos y con la Consejería de adscripción, facilitando sin reservas la totalidad de la documentación, información, datos, estadísticas, cuentas, así como cuantos documentos le sean requeridos.

m. Publicar en la sede electrónica de la CARM, además de los Contratos Programa, Instrucciones de Contratación, convocatorias de selección de personal de cualquier categoría y modalidad, así como las adjudicaciones de contratos, memorias y cuentas anuales y todas las actuaciones realizadas por el ente en el marco de su contrato programa.

Las obligaciones del IMAS, recíprocamente constituyen el marco de derechos de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad.

Áreas operativas:

 

A01: Programas para la atención a personas con discapacidad 
A02: Programas para la atención de personas mayores 
A03: Pensiones, valoración y programas de inclusión


Resumen de costes y financiación por líneas de actuación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 165 KB)
1 / 1

Legislación | Pagina principal |

En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 291, de 19 de diciembre de 2023, se han publicado íntegramente las bases que han de regir las convocatorias para proveer:
 

Una plaza de Jefe de Servicios Sociales, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.


El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado»
1 / 1

Pagina principal |

El IMAS incrementa este año su presupuesto un 8,7 por ciento y alcanza los 424 millones

Refuerza las partidas destinadas a la ampliación de plazas residenciales y a los servicios de atención temprana, teleasistencia y ayuda a domicilio

El Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) gestionará en 2024 un presupuesto global de 424.594.687 euros, lo que supone un crecimiento superior a los 34 millones de euros con respecto al ejercicio anterior y, en términos porcentuales, un incremento del 8,7 por ciento para garantizar el cumplimiento de los derechos sociales y la atención integral a las personas y familias en situación de dependencia o vulnerabilidad.

Este presupuesto permite reforzar las partidas destinadas a las distintas áreas de atención social como son las de discapacidad, con 163.561.467 euros; la de personas mayores, con 153.826.689 euros; así como la de pensiones, valoración y programas de inclusión, con una asignación de 99.894.876 euros.

La directora gerente del IMAS, Verónica López, especificó algunas partidas y destacó durante el Consejo de Administración celebrado la semana pasada el importante incremento presupuestario que experimentará el servicio de atención temprana, hasta alcanzar los 23,5 millones de euros, para dar cobertura al aumento de demanda experimentado en el último año y ampliar los conciertos y convenios mantenidos actualmente con una treintena de entidades sociales.

Detalló también la dotación de 3 millones para la creación de 200 nuevas plazas para centros residenciales y de estancias diurnas destinadas a las personas con discapacidad y el inicio de las obras de construcción de un centro de día y de servicio de promoción de la autonomía personal (SEPAP) en Churra, con una primera anualidad de 1,5 millones de euros.

Los servicios de teleasistencia y de ayuda a domicilio también verán crecer su dotación económica con casi 20,5 millones de euros más que en el ejercicio anterior, para continuar promoviendo la permanencia de las personas en sus hogares y entornos familiares, como también los gastos derivados del aumento de 150 plazas en residencias y centros de día para personas mayores valoradas en 3 millones de euros.

Por su parte, el contrato regional para el servicio de ayuda a domicilio, con el aumento de intensidades de los diferentes niveles de la dependencia, supondrá una subida para este 2024 de 800.000 euros, con un coste global de 16.411.169 euros. Mientras que las prestaciones de cuidados en el entorno familiar supondrán un incremento de 5 millones para contribuir a los gastos derivados de la atención a las personas dependientes en sus domicilios. En este caso, el presupuesto para 2024 alcanza los 59 millones de euros.

Para reducir las listas de espera se destinará también 600.000 euros para la contratación de dos equipos multidisciplinares de valoración y orientación (EVO) de discapacidad, formado cada uno por un médico, psicólogo y trabajador social, como también la de 10 valoradores en materia de dependencia.

1 / 1

Subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector para Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social. Programa 2: inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social. Año 2024

Instituto Murciano de Acción Social. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Plazo de presentación:

15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM

Finalidad:

Subvenciones dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:

Programa 2: “Inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social”

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

- Personas gitanas.

- Personas reclusas y exreclusas.

- Personas en rehabilitación por adicciones.

- Personas víctimas de violencia.

- Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

- Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

- Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

- Personas con vulnerabilidad social acreditada.


Subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector para Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social. Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social. Año 2024

Instituto Murciano de Acción Social. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Plazo de presentación:

15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM

Finalidad:

Subvenciones dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:

Programa 1: “Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social”

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

- Personas gitanas.

- Personas reclusas y exreclusas.

- Personas en rehabilitación por adicciones.

- Personas víctimas de violencia.

- Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

- Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

- Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

- Personas con vulnerabilidad social acreditada.


Subvenciones para la realización actividades de interés general consideradas de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto de sociedades. Año 2023

Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Finalidad:

La finalidad de estas subvenciones es la realización de actividades de interés general para fines sociales, incluidas las inversiones, para cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas y colectivos en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad.

La presente convocatoria tiene por finalidad la financiación de proyectos sociales caracterizados por los siguientes criterios:

 -Solidaridad: se atenderán aquellas situaciones con mayor dificultad para ser atendidas entre las diferentes situaciones de vulnerabilidad y en aquellos lugares de menor posibilidad de desarrollo de este tipo de actuaciones.
 -Innovación: se motivará la puesta en marcha de nuevas iniciativas, por su innovación general o por su innovación en el territorio donde se desarrollan, que pudieran ser referencia para el desarrollo de buenas prácticas en la acción social en diferentes ámbitos y territorios del Estado Español.
 -Sostenibilidad: se apoyarán acciones de forma estable, no sujetas al apoyo puntual o no de una financiación, sino que pudieran disponer de apoyos continuados y ser favorecedores de otros apoyos públicos y privados en los ámbitos regionales o locales.
 -Colaboración: se motivará a las Administraciones Locales y Autonómicas en su compromiso con la implementación de actuaciones innovadoras y de impacto en su territorio.
 -Impulso de movimiento social: se incentivarán iniciativas que primen la articulación y desarrollo de actuaciones basadas en una significativa base social o para la movilización y activación de una significativa base social.

Más Información:

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de concesión, pago y denegación de subvenciones para la realización actividades de interés general consideradas de interés social a desarrollar por entidades del tercer sector de acción social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 por ciento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades. (Fecha de Publicación: 29/12/2023) (Documento [.pdf] 3,04 MB)

Manual de información e instrucciones (Fecha de publicación: 14/12/2023) (Documento [.pdf] 0,62 MB)

Propuesta de resolución de la Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad de los proyectos presentados por las entidades concurrentes a la convocatoria de subvenciones para la realización actividades de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 por ciento del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades 2023 (Fecha de publicación: 14/12/2023) (Documento [.pdf] 2,82 MB)

Acuerdo de tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades, por el que se reducen a la mitad todos los plazos establecidos en el procedimiento (Fecha de publicación: 20/11/2023) (Documento [.pdf] 298,86 KB)

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la se declara del desistimiento de las solicitudes presentadas por las Entidades del Tercer Sector de Acción Social y archivo de actuaciones en relación con la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades (Fecha de publicación: 14/11/2023) (Documento [.pdf] 478,1 KB)

Requerimiento de subsanación conjunta de la documentación presentada por las entidades a la convocatoria de subvenciones al amparo de la Orden de 22 de mayo de 2023 de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades (Fecha de publicación: 15/09/2023) (Documento [.pdf] 1,14 MB)

Publicación complementaria de información conjunta de inicio de tramitación de la solicitud presentada por la entidad "Fundación Solidaridad y Reinserción: Proyecto Hombre Murcia" (Fecha de publicación: 22/08/2023) (Documento [.pdf] 408,9 KB)

Inicio de tramitación de las solicitudes presentadas por las entidades, a la convocatoria de subvenciones al amparo de la Orden de 22 de mayo de 2023 de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades (Fecha de publicación: 21/07/2023) (Documento [.pdf] 1,03 MB)

Manual de novedades, solicitudes e instrucciones. Convocatoria de subvenciones 0,7 % IRPFeIS 2023 (Fecha de publicación: 25/05/2023) (Fecha de actualización: 05/06/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 0,93 MB)

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se convocan subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el año 2023 (Fecha de publicación: 25/05/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2.38 MB)

Orden de 6 de agosto de 2018 de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general con fines sociales a desarrollar por entidades del tercer sector en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 433 KB)

Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se convocan subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por entidades del tercer sector de acción social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades, para el año 2023 (BORM número 119 de 25/05/2023)

 


Pagina principal |

Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2023 de la Directora Gerente IMAS por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas Fondo Social Europeo Plus, dirigidas a entidades del tercer sector para programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, mediante procedimiento de tramitación anticipada. Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social

FuenteBORM número 300 de 30/12/2023

Objeto:
Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y mediante procedimiento de tramitación anticipada, dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas: 

Programa 1: “Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social”. 

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos: 


-Personas gitanas. 
-Personas reclusas y exreclusas. 
-Personas en rehabilitación por adicciones. 
-Personas víctimas de violencia. 
-Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución. 
-Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda. 
-Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza. 
-Personas con vulnerabilidad social acreditada.


Beneficiarias:
Entidades del Tercer Sector en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Bases reguladoras:
Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social (BORM número 283 de 09/12/2022).

Plazo de presentación de solicitudes:
15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM. 
Código de procedimiento 2180

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736083)
_______________

Extracto de la Resolución 27 de diciembre de 2023 de la Directora Gerente IMAS por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas Fondo Social Europeo Plus, dirigidas a entidades del tercer sector para programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, mediante procedimiento de tramitación anticipada. Programa 2: inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social

FuenteBORM número 300 de 30/12/2023

Objeto:
Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y mediante procedimiento de tramitación anticipada, dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:
 

Programa 2: “Inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social”


A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas jóvenes, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que se encuentren en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

- Personas gitanas.
- Personas reclusas y exreclusas.
- Personas en rehabilitación por adicciones.
- Personas víctimas de violencia.
- Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.
- Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.
- Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.
- Personas con vulnerabilidad social acreditada.


Beneficiarias:
Entidades del Tercer Sector en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Bases reguladoras:
Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social (BORM número 283 de 09/12/2022).

Plazo de presentación de solicitudes:
15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM. 
Código de procedimiento 1321

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736091)
1 / 1

Ayudas y Subvenciones | Exclusión Social | Legislación |

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de apoyo a familias socialmente vulnerables con hijos en edad escolar, en respuesta al comportamiento de absentismo, fracaso y abandono escolar curso 2023-2024. Ayuntamiento de Totana

Las subvenciones podrán ser solicitadas por entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, inscritas en el Registro de asociaciones de Totana al menos un año anterior a esta convocatoria en el BORM y cuyos fines, según sus estatutos, estén relacionados con los que se pretenden alcanzar con esta subvención.

El objeto es la realización de proyectos encaminados a mejorar y potenciar los procesos socioeducativos de niños y niñas en edad escolar pertenecientes a familias socialmente vulnerables, desde una perspectiva integral, potenciando la educación como clave para la inclusión social y como medida preventiva en la aparición o evolución negativa de factores de riesgo o desprotección infantil en los distintos ámbitos de su desarrollo, incidiendo especialmente en la integración y el éxito educativo reduciendo el Absentismo, Fracaso y Abandono escolar prematuro. Curso 2023/2024. 

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BORM.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/735718)

1 / 1

Pagina principal |

El IMAS convoca programas de empleabilidad que benefician a más de 4.000 personas en riesgo de exclusión social

La convocatoria cuenta con una inversión regional de 8,5 millones de euros y subvencionará proyectos de inclusión activa con una duración máxima de 21 meses

La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) ha dotado con 8,5 millones de euros la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos que fomenten la empleabilidad y la inclusión activa de las personas y jóvenes en situación de vulnerabilidad. Esta línea de ayudas está dirigida a entidades del Tercer Sector que promuevan itinerarios personalizados de acceso al mercado laboral cuyos resultados obtenidos hasta el momento alcanzan más del 30 por ciento de las inserciones laborales y la mejora de la cualificación de más del 25 por ciento de los participantes.

La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, beneficiará a más 4.000 personas, se desarrolla en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 y está financiada en un 60 por ciento por el Fondo Social Europeo y el 40 por ciento restante con fondos propios de la Comunidad.

Los proyectos podrán desarrollarse entre el 1 de abril de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, con una duración máxima de 21 meses, y podrán hacerlo bajo cuatro tipologías diferentes: los programas comarcales, con un máximo de financiación de 268.000 euros; los dirigidos a dos territorios, con una subvención de hasta 229.000 euros; así como los programas de un solo ámbito de actuación e institucionales, dotados con 195.000 y 150.000 euros, respectivamente.

El IMAS, dentro de su plan de atención preferente a las personas en situación de vulnerabilidad social que precisan apoyos para lograr un empleo en condiciones de equidad, incluye en esta convocatoria actuaciones de mejora competencial de la persona, asesoramiento y un acompañamiento integral técnico para facilitar su incorporación laboral. Una iniciativa que permitirá mantener los 71 dispositivos de acción social para la mejora de la empleabilidad que se están desarrollando actualmente en todo el territorio regional.

Estos itinerarios individualizados de inclusión activa se realizarán de forma coordinada con los Servicios Sociales, de Empleo y los agentes implicados en los procesos de formación y empleo del territorio o ámbito de actuación.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 22 de enero de 2024.

1 / 1

Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2023 de la Directora Gerente IMAS por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas Fondo Social Europeo Plus, dirigidas a entidades del tercer sector para programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, mediante procedimiento de tramitación anticipada. Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social

BORM número 300 de 30 de diciembre de 2023

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Instituto Murciano de Acción Social 

Vigencia: desde el 31 de diciembre de 2023

Referencias

Afectada por:

Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, (BORM número 283 de 9 de diciembre de 2022):

Establece las bases reguladoras

Contenido

BDNS (Identif.): 736083

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736083)

Primero. Beneficiarios:

Entidades del Tercer Sector en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Segundo. Objeto:

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y mediante procedimiento de tramitación anticipada, dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:

Programa 1: “Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social”.

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

-Personas gitanas.

-Personas reclusas y exreclusas.

-Personas en rehabilitación por adicciones.

-Personas víctimas de violencia.

-Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

-Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

-Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

-Personas con vulnerabilidad social acreditada.

 

Tercero: Bases reguladoras.

Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social (BORM 283 de 9/12/2022).

Cuarto. Cuantía.

Estas subvenciones se harán efectivas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2024, financiados en un 40% por fondos propios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y un 60% por el Fondo Social Europeo Plus, en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia, por el siguiente importe: 6.200.000,00 €.

Se establecen cuatro tipologías de proyectos con distintos requisitos y condiciones:

Proyecto Institucional: se desarrolla en el ámbito de una institución, con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las acciones del itinerario.

Proyecto de Un Territorio o Ámbito de Actuación: se desarrolla en un único dispositivo, con carácter territorial o en el marco específico de atención de un colectivo.

Proyecto de Dos Territorios: se desarrolla de forma simultánea en dos sedes habilitadas para ello, donde se realizan sus actuaciones todos los días, existiendo dos grupos de participantes diferenciados.

Proyecto Comarcal: se desarrolla en una sede central, desde la que se desplazan los profesionales a otros dispositivos, situados en otros municipios y/o pedanías, al menos un día a la semana.

El importe máximo a solicitar para cada una de las tipologías de proyectos es el siguiente:

150.000,00€ para los proyectos Institucionales.

195.000,00€ para los proyectos de Un Territorio o Ámbito de Actuación.

229.000,00€ para los proyectos de Dos Territorios.

268.000,00€ para los proyectos Comarcales.

Dichos importes están referidos a 21 meses de proyecto, debiéndose aplicar el importe proporcional si la duración es inferior.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM.

Las solicitudes se presentaran a través de la sede electrónica de la CARM, a través de la aplicación informática https://sede.carm.es, siendo válida, además, la utilización de cualquiera de los registros electrónicos determinados en el artículo 16.4.ª) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, utilizando el modelo de formulario de “Presentación de la solicitud de inicio” para el número de procedimiento 2180, disponible en la guía de procedimientos y servicios de la CARM.

 

Sexto. Otros datos:

El número de subvenciones a solicitar por una misma entidad no podrá exceder de tres.

El periodo de ejecución de los proyectos podrá extenderse desde el 01-04-2024 hasta el 31-12-2025.

La duración de los proyectos presentados no podrá superar los 21 meses.

La solicitud deberá presentarse acompañada de la Memoria Técnica del Proyecto, según Anexo 6 y las instrucciones que en él se recogen.

Las entidades solicitantes deberán incluir en el diseño del proyecto, el contenido del Itinerario Individualizado de Inclusión Activa (en adelante IIIA), respecto a actuaciones dirigidas a la mejora de la empleabilidad de la persona según sean sus necesidades.

El Itinerario Individualizado de Inclusión Activa contendrá las siguientes actuaciones:

Área de Mejora Competencial de la Persona; (115 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con contenidos en el Ámbito Sociolaboral, Ámbito Prelaboral, Ámbito Combinado y Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

Área de Acompañamiento Integral Técnico; (93 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con actuaciones de activación para la participación en el itinerario, atención social integral, orientación laboral y seguimiento en la fase de empleo.

Área Complementaria; (70 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con actividades de activación, formación en competencias básicas de lectoescritura y/o matemáticas, formación complementaria, formación en igualdad de género y no discriminación, desarrollo sostenible, respeto y cuidado del medio ambiente y actuaciones innovadoras.

En caso de que la persona participe en un proyecto que sea de duración inferior, se aplicará la reducción proporcional de las mismas ajustada al número más próximo que permita la realización de jornadas de 4 horas de duración y de acuerdo al Anexo 7: “Duración del IIIA según permanencia en el proyecto”.

Atendiendo a las características y/o las necesidades de alguna de las personas destinatarias del proyecto, la entidad podrá determinar un coeficiente corrector, de hasta el 25% de las horas determinadas en una, en dos o en las tres áreas que conforman el Itinerario, para un máximo del 25% de las personas participantes en el proyecto. Dicho coeficiente corrector deberá quedar recogido en el Registro de Actuaciones y Participantes a nivel individual.

A efectos del cómputo de horas que debe realizar un participante, se tendrá en cuenta el tiempo de permanencia de la persona en el proyecto, debiendo la entidad registrar las posibles interrupciones en el desarrollo del Itinerario y sus causas.

Cuando una persona haya permanecido en un proyecto por tiempo inferior a un mes, podrá ser considerada participante siempre y cuando haya realizado actuaciones de al menos 12 horas totales de duración, y si la persona ha permanecido en el proyecto más de un mes, pero no ha llegado a permanecer dos meses, deberá haber realizado al menos 24 horas totales del IIIA.

Las acciones formativas que se realicen en el Ámbito Sociolaboral, y el Ámbito Prelaboral del Área de Mejora Competencial de la Persona, se realizarán con formato de módulos presenciales de al menos 24 horas de duración, de forma grupal y su asistencia deberá estar becada. En la configuración de cada módulo podrán incluirse contenidos de los dos ámbitos, en cuyo caso se denominará Ámbito Combinado.

La percepción de la beca, en estos tres Ámbitos, estará condicionada a la finalización, por parte de la persona participante, del módulo formativo de que se trate, independientemente de si esta hubiera o no superado los contenidos.

Las acciones formativas del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo, se realizarán con formato de módulos presenciales, de contenidos equivalentes y asimilados a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones, para un módulo y/o unidades de competencia del certificado de profesionalidad del que se trate. De igual forma se asimilará la duración de cada módulo a la recogida en dicho catálogo para ese módulo/unidad competencial y su asistencia deberá estar becada.

El número de acciones formativas del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo que deberá realizarse para cada tipología de proyecto, será el que se determina en el Anexo 1 de la presente Resolución.

El número mínimo de personas necesarias para el inicio de cada módulo/unidad competencial, del Ámbito de Formación Profesional para el empleo, será de 15, con excepción de los módulos de prácticas en empresas.

En caso de que se realicen módulos de prácticas de duración inferior a la establecida en dicho catálogo para la formación impartida en el marco del proyecto, estas deberán tener una duración de al menos 40 horas, pero no serán tenidas en cuenta a efectos de la ponderación del criterio 4 para el otorgamiento de las subvenciones.

El número mínimo de personas participantes será el siguiente, pudiendo reducirse en 10 si el proyecto es de nueva implantación.

Para los proyectos Institucionales y de un Único Territorio será de 90.

Para proyectos de Dos Territorios será de 115.

Para proyectos Comarcales será de 121.

Las personas participantes en los proyectos deberán contar con la acreditación de su situación social.

Durante el periodo de ejecución del proyecto, el equipo técnico deberá estar formado, en todo caso, por un/a Orientador/a Laboral y un/a Trabajador/a Social al menos al 75% de una jornada laboral completa, sin perjuicio de las posibles bajas que pudieran producirse o por solicitud de permisos del trabajador/a. El resto de profesionales, excepto los docentes o formadores, deberán tener al menos una dedicación al proyecto de un 50% de una jornada laboral completa.

La jornada laboral de la totalidad de profesionales que conformen el equipo técnico, excepto los docentes, únicamente podrá sufrir modificaciones para ser ampliada al 100%, salvo reducción de jornadas por causas recogidas en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores.

El personal docente de la Formación Profesional para el Empleo, podrá ser imputado a la subvención por el total de horas de formación que imparta, así como por las horas que dedique a la tutorización directa y el seguimiento del desarrollo de algún módulo de prácticas, pudiendo incrementarse estas hasta un 25% para la realización de actuaciones de planificación, coordinación y/o evaluación de dicha actividad.

El método de cálculo de los gastos subvencionables para las diferentes tipologías de proyectos es el siguiente:

Proyecto Institucional: Costes directos de personal + 14% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto de Un Territorio o Ámbito de Actuación: Costes directos de personal + becas de asistencia + 18% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto de Dos Territorios: Costes directos de personal + Becas de asistencia + 20% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto Comarcal: Costes directos de personal + Becas de asistencia + 23% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Se determinan los gastos subvencionables de acuerdo al artículo 53 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 de Disposiciones Comunes, apartado 1a, 1b y 1d, y artículo 56, así como a lo establecido en el artículo 5 de la Orden reguladora de bases de estas subvenciones.

 

ANEXO 1

Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social.

Destinatarios:

-Personas gitanas.

-Personas reclusas y exreclusas.

-Personas en rehabilitación por adicciones.

-Personas víctimas de violencia.

-Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

-Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

-Personas beneficiarias de rentas mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

-Personas con vulnerabilidad social acreditada.

Crédito presupuestario: Partida presupuestaria 51.04.00 314C.485.02 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2024, Proyecto de Gasto 48.435 y por un importe total de 6.200.000,00€.

TIPOS DE PROYECTOS

1. PROYECTOS INSTITUCIONALES

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla en el ámbito de una institución, con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las actuaciones del IIIA recogidas en el artículo 8 de la presente Resolución.

Cuantía máxima subvencionable: 150.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal +14% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 90 participantes.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: El proyecto no contempla actuaciones en el Área de Formación Profesional para el Empleo, por lo que las 115 horas del Área de mejora Competencial de la Persona se realizaran con contenidos del Ámbito Sociolaboral, el Ámbito Prelaboral o el Ámbito Combinado.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: No se contempla percepción de becas de asistencia por parte de las personas participantes. Se exceptúa a este tipo de proyectos de la obligación recogida en el artículo 18 punto 1 b de la presente Resolución.

2. PROYECTOS DE UN TERRITORIO O ÁMBITO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla en un único dispositivo territorial o en el marco de atención específico de un colectivo concreto.

Cuantía máxima subvencionable: 195.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia +18% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 90 participantes.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

El proyecto debe incluir al menos 160 horas en el Ámbito de Formación Profesional Para el Empleo, que se realizarán en módulos formativos presenciales de contenido y duración similar a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral, el Ámbito Prelaboral y el Ámbito Combinado, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

3. PROYECTOS DE DOS TERRITORIOS

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla todos los días de la semana y de forma simultánea en dos sedes territoriales habilitadas para ello, donde se realizan las actuaciones del IIIA por parte de dos grupos de participantes diferenciados.

Cuantía máxima subvencionable: 229.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia +20% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 115 participantes. El 40% de los participantes deben ser atendidos en la segunda sede.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo: Formación con contenidos relativos a dos cualificaciones específicas diferenciadas, conformadas por módulos o unidades competenciales que sumen al menos 220 horas. Los contenidos y duración de los módulos serán similares a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones. (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales. Debe haber participantes de ambas sedes que realicen la formación de este ámbito.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral y el Ámbito Prelaboral, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

4. PROYECTOS COMARCALES

Ámbito de desarrollo: El proyecto dispondrá de una sede central, desde la que se desplazan los profesionales a los dispositivos situados en otros municipios, localidades y/o pedanías, al menos un día a la semana para el desarrollo de los IIIA.

Cuantía máxima subvencionable: 268.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia + 23% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 121 participantes. El 40% de los participantes deben ser atendidos en las distintas sedes territoriales.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

Formación con contenidos relativos a dos cualificaciones específicas diferenciadas, conformadas por módulos o unidades competenciales que sumen al menos 220 horas.

Los contenidos y duración de los módulos serán similares a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones. (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales. La formación debe realizarse al menos en dos de los dispositivos en los que se realiza el proyecto.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral y el Ámbito Prelaboral, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

Murcia, 27 de diciembre de 2023. La Directora Gerente del IMAS, Verónica López García.

Extracto de la Resolución 27 de diciembre de 2023 de la Directora Gerente IMAS por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas Fondo Social Europeo Plus, dirigidas a entidades del tercer sector para programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, mediante procedimiento de tramitación anticipada. Programa 2: inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social

BORM número 300 de 30 de diciembre de 2023

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad 

Instituto Murciano de Acción Social 

Vigencia: desde el 31 de diciembre de 2023

Referencias

Afectada por:

Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, (BORM número 283 de 9 de diciembre de 2022):

Establece las bases reguladoras

Contenido

BDNS(Identif.):736091

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736091)

Primero. Beneficiarios:

Entidades del Tercer Sector en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Segundo. Objeto:

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y mediante procedimiento de tramitación anticipada, dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:

Programa 2: “Inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social”

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas jóvenes, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que se encuentren en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

- Personas gitanas.

- Personas reclusas y exreclusas.

- Personas en rehabilitación por adicciones.

- Personas víctimas de violencia.

- Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

- Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

- Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

- Personas con vulnerabilidad social acreditada.

 

. Bases reguladoras:

Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social (BORM 283 de 9/12/2022).

Cuarto. Cuantía:

Estas subvenciones se harán efectivas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2024, financiados en un 40% por fondos propios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y un 60% por el Fondo Social Europeo Plus, en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia, por el siguiente importe: 2.300.000,00 €.

Se establecen cuatro tipologías de proyectos con distintos requisitos y condiciones:

Proyecto institucional: se desarrolla en el ámbito de una institución, con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las acciones del itinerario.

Proyecto de Un Territorio o Ámbito de Actuación: se desarrolla en un único dispositivo, con carácter territorial o en el marco específico de atención de un colectivo.

Proyecto de Dos Territorios: se desarrolla de forma simultánea en dos sedes habilitadas para ello, donde se realizan sus actuaciones todos los días, existiendo dos grupos de participantes diferenciados.

Proyecto comarcal: se desarrolla en una sede central, desde la que se desplazan los profesionales a otros dispositivos, situados en otros municipios y/o pedanías, al menos un día a la semana.

El importe máximo a solicitar para cada una de las tipologías de proyectos es el siguiente:

150.000,00 € para los proyectos Institucionales.

195.000,00 € para los proyectos de Un Territorio o Ámbito de Actuación.

229.000,00 € para los proyectos de Dos Territorios.

268.000,00 € para los proyectos Comarcales.

Dichos importes están referidos a 21 meses de proyecto, debiéndose aplicar el importe proporcional si la duración es inferior.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM.

Las solicitudes se presentaran a través de la sede electrónica de la CARM, a través de la aplicación informática https://sede.carm.es, siendo válida, además, la utilización de cualquiera de los registros electrónicos determinados en el artículo 16.4.ª) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, utilizando el modelo de formulario de “Presentación de la solicitud de inicio” para el número de procedimiento 1321, disponible en la guía de procedimientos y servicios de la CARM.

Sexto. Otros datos:

El número de subvenciones a solicitar por una misma entidad no podrá exceder de tres.

El periodo de ejecución de los proyectos podrá extenderse desde el 01-04-2024 hasta el 31-12-2025.

La duración de los proyectos presentados no podrá superar los 21 meses.

La solicitud deberá presentarse acompañada de la Memoria Técnica del Proyecto, según Anexo 6 y las instrucciones que en él se recogen.

Las entidades solicitantes deberán incluir en el diseño del proyecto, el contenido del Itinerario Individualizado de Inclusión Activa (en adelante IIIA), respecto a actuaciones dirigidas a la mejora de la empleabilidad de la persona según sean sus necesidades.

El Itinerario Individualizado de Inclusión Activa contendrá las siguientes actuaciones:

Área de Mejora Competencial de la Persona; (115 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con contenidos en el Ámbito Sociolaboral, Ámbito Prelaboral, Ámbito Combinado y Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

Área de Acompañamiento Integral Técnico; (93 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con actuaciones de activación para la participación en el itinerario, atención social integral, orientación laboral y seguimiento en la fase de empleo.

Área Complementaria; (70 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con actividades de activación, formación en competencias básicas de lectoescritura y/o matemáticas, formación complementaria, formación en igualdad de género y no discriminación, desarrollo sostenible, respeto y cuidado del medio ambiente y actuaciones innovadoras.

En caso de que la persona participe en un proyecto que sea de duración inferior, se aplicará la reducción proporcional de las mismas ajustada al número más próximo que permita la realización de jornadas de 4 horas de duración y de acuerdo al Anexo 7: “Duración del IIIA según permanencia en el proyecto”.

Atendiendo a las características y/o las necesidades de alguna de las personas destinatarias del proyecto, la entidad podrá determinar un coeficiente corrector, de hasta el 25% de las horas determinadas en una, en dos o en las tres áreas que conforman el Itinerario, para un máximo del 25% de las personas participantes en el proyecto. Dicho coeficiente corrector deberá quedar recogido en el Registro de Actuaciones y Participantes a nivel individual.

A efectos del cómputo de horas que debe realizar un participante, se tendrá en cuenta el tiempo de permanencia de la persona en el proyecto, debiendo la entidad registrar las posibles interrupciones en el desarrollo del Itinerario y sus causas.

Cuando una persona haya permanecido en un proyecto por tiempo inferior a un mes, podrá ser considerada participante siempre y cuando haya realizado actuaciones de al menos 12 horas totales de duración, y si la persona ha permanecido en el proyecto más de un mes, pero no ha llegado a permanecer dos meses, deberá haber realizado al menos 24 horas totales del IIIA.

Las acciones formativas que se realicen en el Ámbito Sociolaboral, y el Ámbito Prelaboral del Área de Mejora Competencial de la Persona, se realizarán con formato de módulos presenciales de al menos 24 horas de duración, de forma grupal y su asistencia deberá estar becada. En la configuración de cada módulo podrán incluirse contenidos de los dos ámbitos, en cuyo caso se denominará Ámbito Combinado.

La percepción de la beca, en estos tres ámbitos, estará condicionada a la finalización, por parte de la persona participante, del módulo formativo de que se trate, independientemente de si esta hubiera o no superado los contenidos.

Las acciones formativas del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo, se realizarán con formato de módulos presenciales, de contenidos equivalentes y asimilados a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones para un módulo y/o unidades de competencia del certificado de profesionalidad del que se trate. De igual forma se asimilará la duración de cada módulo a la recogida en dicho catálogo para ese módulo/unidad competencial y su asistencia deberá estar becada.

El número de acciones formativas del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo que deberá realizarse para cada tipología de proyecto, será el que se determina en el Anexo 2 de la presente Resolución.

El número mínimo de personas necesarias para el inicio de cada módulo/unidad competencial, del Ámbito de Formación Profesional para el empleo, será de 15, con excepción de los módulos de prácticas en empresas.

En caso de que se realicen módulos de prácticas de duración inferior a la establecida en dicho catálogo para la formación impartida en el marco del proyecto, estas deberán tener una duración de al menos 40 horas, pero no serán tenidas en cuenta a efectos de la ponderación del criterio 4 para el otorgamiento de las subvenciones.

El número mínimo de personas participantes será el siguiente, pudiendo reducirse en 10 si el proyecto es de nueva implantación.

Para los proyectos Institucionales y de un Único Territorio será de 90.

Para proyectos de Dos Territorios será de 115.

Para proyectos Comarcales será de 121.

Las personas participantes en los proyectos deberán contar con la acreditación de su situación social, y estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil a fecha de incorporación al proyecto.

Durante el periodo de ejecución del proyecto, el equipo técnico deberá estar formado, en todo caso, por un/a Orientador/a Laboral y un/a Trabajador/a Social al menos al 75% de una jornada laboral completa, sin perjuicio de las posibles bajas que pudieran producirse o por solicitud de permisos del trabajador/a. El resto de profesionales, excepto los docentes o formadores, deberán tener al menos una dedicación al proyecto de un 50% de una jornada laboral completa.

La jornada laboral de la totalidad de profesionales que conformen el equipo técnico, excepto los docentes, únicamente podrá sufrir modificaciones para ser ampliada al 100%, salvo reducción de jornadas por causas recogidas en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores.

El personal docente de la Formación Profesional para el Empleo, podrá ser imputado a la subvención por el total de horas de formación que imparta, así como por las horas que dedique a la tutorización directa y el seguimiento del desarrollo de algún módulo de prácticas, pudiendo incrementarse estas hasta un 25% para la realización de actuaciones de planificación, coordinación y/o evaluación de dicha actividad.

El método de cálculo de los gastos subvencionables para las diferentes tipologías de proyectos es el siguiente:

Proyecto Institucional: Costes directos de personal + 14% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto de Un Territorio o Ámbito de Actuación: Costes directos de personal + becas de asistencia + 18% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto de Dos Territorios: Costes directos de personal + Becas de asistencia + 20% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto Comarcal: Costes directos de personal + Becas de asistencia + 23% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Se determinan los gastos subvencionables de acuerdo al artículo 53 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 de Disposiciones Comunes, apartado 1a, 1b y 1d, y artículo 56, así como a lo establecido en el artículo 5 de la Orden reguladora de bases de estas subvenciones.

ANEXO 2

Programa 2: Inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social

Destinatarios: Personas jóvenes, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación y que estén inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Crédito presupuestario: Estas subvenciones se harán efectivas con cargo a los créditos de la partida presupuestaria 51.04.00 314C.485.02 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2023, Proyecto de Gasto 48.436 y por un importe total de 2.300.000 €.

TIPOS DE PROYECTOS

1. PROYECTOS INSTITUCIONALES

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla en el ámbito de una institución, con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las actuaciones del IIIA recogidas en el artículo 8 de la presente Resolución.

Cuantía máxima subvencionable: 150.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + 14% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 90 participantes.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: El proyecto no contempla actuaciones en el Área de Formación Profesional para el Empleo, por lo que las 115 horas del Área de mejora Competencial de la Persona se realizaran con contenidos del Ámbito Sociolaboral, el Ámbito Prelaboral o el ámbito Combinado.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: No se contempla percepción de becas de asistencia por parte de las personas participantes. Se exceptúa a este tipo de proyectos de la obligación recogida en el artículo 18 punto 1 b de la presente Resolución.

2. PROYECTOS DE UN TERRITORIO O ÁMBITO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla en un único dispositivo territorial o en el marco de atención específico de un colectivo concreto.

Cuantía máxima subvencionable: 195.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia + 18% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 90 participantes.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

El proyecto debe incluir al menos 160 horas en el Ámbito de Formación Profesional Para el Empleo, que se realizarán en módulos formativos presenciales de contenido y duración similar a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral, el Ámbito Prelaboral y el Ámbito Combinado, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

3. PROYECTOS DE DOS TERRITORIOS

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla todos los días de la semana y de forma simultánea en dos sedes territoriales habilitadas para ello, donde se realizan las actuaciones del IIIA por parte de dos grupos de participantes diferenciados.

Cuantía máxima subvencionable: 229.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia + 20% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 115 participantes. El 40% de los participantes deben ser atendidos en la segunda sede.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo: Formación con contenidos relativos a dos cualificaciones específicas diferenciadas, conformadas por módulos o unidades competenciales que sumen al menos 220 horas. Los contenidos y duración de los módulos serán similares a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones. (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales. Debe haber participantes de ambas sedes que realicen la formación de este ámbito.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral y el Ámbito Prelaboral, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

4. PROYECTOS COMARCALES

Ámbito de desarrollo: El proyecto dispondrá de una sede central, desde la que se desplazan los profesionales a los dispositivos situados en otros municipios, localidades y/o pedanías, al menos un día a la semana para el desarrollo de los IIIA.

Cuantía máxima subvencionable: 268.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia + 23% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 121 participantes. El 40% de los participantes deben ser atendidos en las distintas sedes territoriales.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

Formación con contenidos relativos a dos cualificaciones específicas diferenciadas, conformadas por módulos o unidades competenciales que sumen al menos 220 horas.

Los contenidos y duración de los módulos serán similares a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones. (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales. La formación debe realizarse al menos en dos de los dispositivos en los que se realiza el proyecto.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral y el Ámbito Prelaboral, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

Murcia, 27 de diciembre de 2023. La Directora Gerente del IMAS, Verónica López García.


Decreto n.º 473/2023, de 27 de diciembre, por el que se cesa a doña María Dolores Jiménez Pérez, como Directora General de Pensiones, Valoración y Programas de inclusión del Instituto Murciano de Acción Social de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

BORM número 300 de 30 de diciembre de 2023

Consejo de Gobierno

Vigencia: desde el 30 de diciembre de 2023 
 

Contenido

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.15 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno y 11.3 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Murcia, así como el artículo 8.1 de la Ley 1/2006, de 10 de abril, de creación del Instituto Murciano de Acción Social, a propuesta de la Consejera Política Social, Familias e Igualdad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 27 de diciembre de 2023,

Dispongo:

El cese de doña María Dolores Jiménez Pérez, como Directora General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del Instituto Murciano de Acción Social de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, agradeciéndole los servicios prestados.

El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Dado en Murcia, 27 de diciembre de 2023.—El Presidente, Fernando López Miras.—La Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, M.ª Concepción Ruiz Caballero.

Pagina principal | Personas mayores |

La Comunidad destina más de 1,7 millones para mejorar la atención y los cuidados en los centros de día de personas mayores

Un total de 49 entidades con plazas concertadas con la Administración regional han recibido financiación para mejorar la calidad de los servicios de los centros de día

La Comunidad ha concedido subvenciones por valor de 1.715.890 euros para mejorar la calidad de los servicios que se ofrecen en los centros de día para personas mayores incluidos en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).

Concretamente, se ha realizado mediante concesión directa a 49 entidades sociales y locales que prestan el servicio de centro de día con plazas concertadas y conveniadas con el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).

Así lo anunció hoy la consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Conchita Ruiz, durante su visita al centro de estancias diurnas para personas con Alzhéimer ‘La Blanca Paloma’ de Murcia, que recibirá 19.669 euros para mejorar equipamientos y formación para los profesionales.

Ruiz destacó que la finalidad de estas subvenciones es “seguir garantizando una atención integral de calidad y especializada a las personas que se encuentran en situación de dependencia en la Región de Murcia facilitando a las entidades prestadoras de los servicios los recursos necesarios para ello”.

La financiación regional está dirigida a la creación de espacios más accesibles y a la mejora de infraestructuras y equipamientos. También recoge el desarrollo de programas formativos destinados a los profesionales de los centros para una mejor especialización en el nuevo modelo de cuidados de larga duración.

1 / 1

Subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un Programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada. Año 2023

Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Plazo de presentación:

10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

Finalidad:

El objeto de la presente Orden es aprobar la convocatoria de una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades sin fin de lucro que tengan por objeto o fin social la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, mediante el desarrollo de un programa destinado al acompañamiento social al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada.

La finalidad de la subvención que se convoca es la intervención para realizar un proceso de acompañamiento social a pequeños grupos, familias y personas excluidas o en riesgo de exclusión social y residencial para facilitarles el acceso al uso y disfrute de alojamientos o viviendas adecuadas, que podrán ser financiadas desde los Programas de fondos FEDER y FSE+ de la Región de Murcia y otros posibles recursos complementarios.

Este programa va a intervenir en los elementos presentes en la exclusión residencial y en la búsqueda de soluciones que ofrezcan a las personas y familias participantes una respuesta de vivienda adecuada.

Esta intervención sobre la exclusión residencial no sólo se ocupará de la adecuación, estabilidad y accesibilidad de la vivienda y del entorno, sino que se propone combinar actuaciones para provocar un cambio efectivo de la situación de exclusión social, desarrollando un trabajo social y educativo dirigido a la integración en un entorno adecuado de las personas realojadas, desarrollando actuaciones tendentes a mejorar sus dificultades personales, sociales y laborales, considerando el empleo como el medio más eficaz para una inclusión social autónoma de las personas y las familias.

Procedimiento relacionado:

Acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada. (código 1406)

Más Información:

Orden de modificación de la Orden de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad de concesión y pago de una subvención al amparo de la Orden de 11 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de una subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada (Fecha de publicación: 29/12/2023) (Documento [.pdf] 509,34 KB)

Orden de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad de concesión y pago de una subvención al amparo de la Orden de 11 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de una subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada (Fecha de publicación: 19/06/2023) (Documento [.pdf] 0,84 MB)

Propuesta de Resolución Definitiva de la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 11 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de una subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada (Fecha de publicación: 07/06/2023) (Documento [.pdf] 0,69 MB)

Propuesta de Resolución Provisional de la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 11 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de una subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada (Fecha de publicación: 02/06/2023) (Documento [.pdf] 0,64 MB)

Publicación de información del inicio de tramitación de las solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones al amparo de la Orden de 11 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de una subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada. (Fecha de publicación: 31/05/2023) (Documento [.pdf] 432,17 KB)

Extracto de la Orden de 11 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de una subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada. (Fecha de publicación: 13/05/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 325,81 KB)

Orden de 11 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de una subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada. (Fecha de publicación: 13/05/2023)  (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2,83 MB)

Orden de 4 de mayo de 2023 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones financiadas por el FSE+ en materia de servicios sociales impulsadas por la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector para el cumplimiento de los objetivos específicos i, j, k y l del Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027. (Fecha de publicación: 09/05/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 0,64 MB)

 


Subvenciones a entidades del tercer sector de acción social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia. Año 2023

Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Plazo de presentación:

Del 05/04/2023 al 04/05/2023

Finalidad:

Financiación de proyectos de voluntariado social enmarcados dentro del ámbito competencial de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia.

Acciones subvencionables:

Actuaciones de divulgación, sensibilización y captación de personas voluntarias, dirigidas a la ciudadanía de la Región de Murcia. Estas actuaciones se podrán llevar a cabo a través de la realización de cursos, jornadas, seminarios, charlas, talleres y campañas de sensibilización y captación de nuevas personas voluntarias. Las actuaciones podrán ir dirigidas a la ciudadanía en general o a determinados sectores de la población (personas mayores, jóvenes, estudiantes universitarios, etc.).

Actuaciones de formación dirigidas a personas voluntarias de la propia entidad, o de otras entidades de voluntariado, que desarrollen su acción voluntaria en la Región de Murcia. La formación podrá ir dirigida, de igual manera, a aquellos/as profesionales de la entidad que, además, formen parte del personal voluntario de la misma. Estas actuaciones se llevarán a cabo a través de la realización de cursos, jornadas, seminarios, charlas y talleres y podrán incluir contenidos relacionados con competencias genéricas o específicas, buenas prácticas e innovación.

Actuaciones mixtas que incluyan la divulgación, sensibilización y captación de personas voluntarias dirigidas a la ciudadanía, así como la formación de personas voluntarias de la propia entidad o de otras entidades de voluntariado, que desarrollen su acción voluntaria en la Región de Murcia.

Más Información:

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, de concesión y pago anticipado de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia (Fecha de publicación: 29/12/2023) (Documento [.pdf] 1,09 MB)

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, de concesión, pago, denegación y desistimiento de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia (Fecha de publicación: 28/11/2023) (Documento [.pdf] 2,01 MB)

Propuesta de Resolución de la Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de Diversidad de concesión y denegación de las solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia. (Fecha de publicación: 07/11/2023) (Documento [.pdf] 1,64 MB)

Anexo XIII-Reformulación de Proyecto e Instrucciones Propuesta Resolución. (Fecha de publicación: 07/11/2023) (Documento [.zip] 0,56 MB)

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se declara el desistimiento y archivo de las actuaciones de tramitación de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 29 de marzo de 2023, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia. (Fecha de publicación: 03/11/2023) (Documento [.pdf] 0,7 MB)

Requerimiento de subsanación conjunta de la documentación presentada por las entidades solicitantes a la convocatoria de subvenciones al amparo de la Orden de 29 de marzo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del tercer sector de acción social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia. (Fecha de publicación: 20/09/2023) (Documento [.pdf] 0,79 MB)

Requerimiento de subsanación conjunta de la documentación presentada por las entidades solicitantes a la convocatoria de subvenciones al amparo de la Orden de 29 de marzo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del tercer sector de acción social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia. (Fecha de publicación: 01/06/2023) (Documento [.zip] 0,84 MB)

Publicación de información conjunta del inicio de tramitación de las solicitudes presentadas. (Fecha de publicación: 17/05/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1,19 MB)

Sesión informativa sobre las subvenciones reguladas a través de la Orden de 29 de marzo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del tercer sector de acción social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia. (Fecha de publicación: 14/04/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 0,74 MB)

Extracto de la Orden de 29 de marzo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del tercer sector de acción social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia. BDNS (Identif.): 685130 (Fecha de publicación: 04/04/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 402,46 KB)

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia, Año 2023 (Fecha de publicación: 04/04/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 4,24 MB)

Orden de 5 de enero de 2010, de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 498,82 KB)


Legislación | Pagina principal |

Decreto número 455/2023, de 21 de diciembre, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones por el Servicio Murciano de Salud a favor de seis entidades beneficiarias: Fundación Soy Comotu, Asociación Teléfono de la Esperanza, Asociación Albores, Federación de Asociaciones de Salud Mental de la Región de Murcia, Fundación Solidaridad y Reinserción Proyecto Hombre y Colectivo La Huertecica, dirigidas a fomentar actividades de promoción de la salud mental, prevención de los trastornos mentales y asistencia a la salud mental desde el ámbito sociosanitario de la población de la Región de Murcia

Objeto:
Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de ocho subvenciones, por importe total de 437.294,63 euros, para realización de actuaciones centradas en el ámbito de la prevención del suicidio, atención a colectivos de especial fragilidad y vulnerabilidad, intervención en la población infantil y adolescente, prevención de la ludopatía y lucha contra el estigma.

Entidades Beneficiarias:
Serán beneficiarias de esta subvención, en los términos establecidos en este Decreto, las siguientes entidades y por las siguientes cuantías:

Cuadro descriptivo del nombre del proyecto, entidad beneficiaria e importe

El plazo para la realización y ejecución de las acciones subvencionables se extiende durante todo el año 2024.

1 / 1

Legislación | Personas mayores |

Aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público para la prestación del servicio de teleasistencia domiciliaria. Expediente 3474/2023

El Pleno del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras en sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2023 adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público para la prestación del servicio de teleasistencia domiciliaria. Dicho acuerdo se somete a información pública por treinta días durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Finalizado el periodo de exposición pública el Ayuntamiento adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se presenten y aprobando definitivamente la modificación, en su caso. 

1 / 1

Legislación | Pagina principal | Personas con Discapacidad | Personas mayores |

Resolución de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se da publicidad a la prórroga del convenio suscrito el 27 de diciembre de 2021, entre el Servicio Murciano de Salud y la entonces Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, ahora Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, a través del Instituto Murciano de Acción Social para la creación/establecimiento de depósitos de medicamentos en centros residenciales dependientes del IMAS

Acuerdan:
Prorrogar por un periodo de dos años desde su firma, el convenio de colaboración suscrito, el 27 de diciembre de 2021, entre el Servicio Murciano de Salud y la entonces Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, ahora Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, a través del Instituto Murciano de Acción Social para la creación/depósito de medicamentos en centros residenciales dependientes del IMAS.
1 / 1

Legislación | Pagina principal | Personas con Discapacidad |

Resolución de 14 de diciembre de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, la prórroga del Convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de Asociaciones Murcianas de Personas con Discapacidad Física y/u Orgánica (FAMDIF/COCEMFE-MURCIA)

Objeto:
Prorrogar el Convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 2019 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Federación de Asociaciones Murcianas de Personas con Discapacidad Física y/u Orgánica (FAMDIF/COCEMFE-MURCIA), publicado en el BORM número 7, de 10 de enero de 2020, a efectos de la prestación de servicios automovilísticos de carácter colectivo a personas con discapacidad, mediante autobuses adaptados que son propiedad de la Comunidad Autónoma.

Duración:
La duración de la prórroga será por el periodo de un año.

1 / 1

Pagina principal |

El Gobierno regional lamenta que sigue sin recibir financiación estatal para el acogimiento de migrantes que llegan desde Canarias

Solicita datos reales sobre los criterios de distribución, el número de personas migrantes que permanecen en la Región y que se aborde la llegada de menores no acompañados sin identificar desde el lugar de origen

El Gobierno regional reclama a la nueva ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, financiación estatal para poder atender la llegada de personas migrantes procedentes de Canarias ya que, hasta la fecha, la Región todavía no ha recibido apoyo económico al respecto y soporta con recursos propios los gastos derivados de su acogida e integración.

Así se puso de manifiesto tras la Conferencia Sectorial de Inmigración celebrada hoy por videoconferencia con la titular de Migraciones, junto con el resto de comunidades autónomas afectadas por la crisis migratoria, donde además se reivindicó la falta de un plan de respuesta que garantice la equidad territorial y el abordaje de la problemática en tiempo real y de forma efectiva.

En la reunión de la Conferencia Sectorial participaron la directora general de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad, María José de Maya, y la directora general de Familias, Infancia y Conciliación, María Luisa Lozano, que criticaron la falta de transparencia con la que se sigue afrontando la situación y exigieron saber el número real de personas migrantes que han llegado a la Región, los criterios que se han seguido para hacer el reparto y cuántas de las personas acogidas continúan en este territorio.

Pidieron además que los menores no acompañados sean identificados en el lugar de origen para que la distribución entre comunidades pueda realizarse de forma más equilibrada y planificada ya que, en el último mes, la Región de Murcia ha asumido la protección y tutela de 24 menores migrantes cuya identidad ha sido desvelada una vez pisan territorio de acogida. Una situación que dificulta el desarrollo de nuestro actual sistema de protección.

Por este motivo, solicitaron a la ministra de Migración que se convoque una Conferencia Intersectorial entre la sectorial de Infancia y la de Inmigración con el fin de implicar a todos los agentes responsables y para que el protocolo actual de atención a menores de respuesta a situaciones de crisis, priorizando siempre su bienestar y con la dotación de recursos adecuados para su correcta atención.

La Región de Murcia ha demostrado ser una comunidad solidaria por naturaleza, por lo que ha reiterado que, ante una situación tan relevante de atención humanitaria, no se tomen decisiones de forma unilateral, sino en coordinación con las comunidades autónomas implicadas, con más planificación y, por supuesto, financiación.

1 / 1

Datos de contacto

Fachada del edificio de la Consejería

 Dirección: Avenida de La Fama, 3

 Municipio: Murcia

 Código postal: 30003

 

968 36 20 00

012

Punto de Atención Especializado en Menor y Familias

968 27 32 09

®Copyright Región de Murcia. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad. Todos los derechos reservados.