Resolución de 2 de febrero de 2021, del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dirigidas a entidades sin fin de lucro, para la realización de medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, en concreto para el programa 4 “Acciones de acompañamiento, búsqueda de empleo, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo, de personas con enfermedad” (MODIFICADA)

BORM número 34 de 11 de febrero de 2021

Consejería de Salud

Servicio Murciano de Salud

Vigencia: desde el 12 de febrero de 2021

Referencias

Afectada por:

Orden de 5 de diciembre de 2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a empresas de la Región de Murcia, corporaciones locales y entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, (BORM número 293 de 20/12/2016):

Establece las bases reguladoras.

Modificada por:

Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se publica la ampliación de la financiación recogida en la Resolución de 2 de febrero de 2021 del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud (BORM n.º 34 de 11 de febrero de 2021), por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dirigidas a entidades sin fin de lucro, para la realización de medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, en concreto para el programa 4 “Acciones de acompañamiento, búsqueda de empleo, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo, de personas con enfermedad mental en proceso de recuperación”, (BORM número 136 de 16 de junio de 2021):

Amplia la financiación inicial autorizada en el artículo 4.

 

Contenido

TEXTO MODIFICADO

BDNS (Identif.): 547924

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/547924)

Primero. Beneficiarios:

- Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acciones de búsqueda de empleo, acompañamiento, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo de personas con enfermedad mental en proceso de recuperación, con los requisitos establecidos en la convocatoria.

- Entidades que obtuvieron la condición de entidad colaboradora en 2018.

Segundo. Objeto:

Subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro ubicadas en la Región de Murcia, con la finalidad de contratar insertores laborales para la realización de acciones de acompañamiento y búsqueda de empleo de personas con enfermedad mental y en proceso de recuperación, así como para subvencionar a estas personas la asistencia a actividades de formación en empresas.

Las entidades subvencionadas apoyarán el proceso de integración social de las personas del colectivo antes mencionado, colaborando con los servicios de tratamiento y seguimiento que tienen la responsabilidad del proceso del usuario/a.

La modalidad de subvención regulada en esta convocatoria es:

Programa 4. Acciones de acompañamiento, búsqueda de empleo, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo, de personas con enfermedad mental en proceso de recuperación:

Subprograma 4.1.- Ayudas para la contratación de insertores/as laborales.

Subprograma 4.2.- Ayudas para asistencia a actividades de formación en empresas.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden de 5 de diciembre de 2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a empresas de la Región de Murcia, corporaciones locales y entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, publicadas en el BORM n.º 293 de 20 de diciembre de 2016.

Cuarto. Cuantía:

Los programas incluidos en esta convocatoria serán cofinanciados con cargo al FSE en un porcentaje del 90%, en el marco del Programa Operativo FSE Región de Murcia 2014-2020, en el eje 6C. Innovación Social: 9.1 La inclusión activa, en particular con vistas a fomentar la igualdad de oportunidades, la participación activa y la mejora de la empleabilidad. Objetivo Específico: 9.1.1. Mejorar la inserción socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados de inserción.

Total 2021: 644.000 €.

La distribución presupuestaria estimada para cada uno de los subprogramas es:

Subprograma 4.1: 578.793 €.

Subprograma 4.2: 40.000 €.

(Ampliado el importe inicial de 25.207€ a 40.000€ por la Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se publica la ampliación de la financiación recogida en la Resolución de 2 de febrero de 2021 del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud (BORM n.º 34 de 11 de febrero de 2021), por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dirigidas a entidades sin fin de lucro, para la realización de medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, en concreto para el programa 4 “Acciones de acompañamiento, búsqueda de empleo, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo, de personas con enfermedad mental en proceso de recuperación”, en su artículo primero)

Los créditos no consumidos por alguno de los subprogramas, podrá asignarse al otro.

La concesión de la subvención queda condicionada a la existencia en el Presupuesto Administrativo del Servicio Murciano de Salud para el ejercicio 2021, de crédito adecuado y suficiente en el momento que se resuelva la concesión.

Podrán solicitar subvención para el subprograma 4.1, aquellas entidades colaboradoras que hayan iniciado las acciones a partir del 1 de enero de 2021. Así mismo para el subprograma 4.2 podrán solicitar subvenciones aquellos beneficiarios que hayan realizado acciones a partir del 1 de noviembre de 2020 y que tengan continuidad en 2021. Todos deberán cumplir los demás requisitos establecidos en la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Para el Subprograma 4.1, el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM.

Para el Subprograma 4.2 el plazo estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM, hasta el 31 de octubre de 2021.

Sexto. Otros datos:

Subprograma 4.1:

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.

Las ayudas se abonarán en dos plazos, un 50% de pago anticipado tras la concesión y el otro 50% a la mitad del periodo de ejecución.

Subprograma 4.2:

La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de entrada de las solicitudes o de la fecha del perfeccionamiento del expediente, siempre que los beneficiarios reúnan los requisitos generales y específicos establecidos.

Las ayudas se abonarán anticipadamente.

Murcia, 2 de febrero de 2021. El Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, Asensio López Santiago.

 

Más información:

Descargar Resolución de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 777 KB)


®Copyright Región de Murcia. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad. Todos los derechos reservados.