Fuente: BORM número 298 de 28/12/2023
Se hace pública la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2023, aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cartagena, el día 20 de diciembre de 2023.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 19 de diciembre de 2023, se aprobó la Oferta de Empleo Público del año 2023, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan:
- Cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario.
- Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.
- Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.
- Cuando existan indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas.
- Cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante
- Que la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2020.
Decreto número 439/2023, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2023
Fuente: BORM número 297 de 27/12/2023
El Acuerdo de Mesa Sectorial de Administración y Servicios de fecha 12 de diciembre de 2023, sobre Oferta de Empleo Público, Oferta adicional de Estabilización de Empleo Temporal y Promoción profesional, establece el número de plazas y los criterios a los que se ajustarán las convocatorias de procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público y de la Oferta de Promoción Profesional de los ejercicios 2022 y 2023.
Se incluyen en este decreto para su oferta un total de 252 plazas.
Asimismo, se ha fijado el cupo de reserva del 7 por ciento para personas con discapacidad, del cual el 2 por ciento se reserva a personas con discapacidad intelectual.
Página web de información:
Toda la información relativa a los procesos selectivos se encuentra disponible en la página web de empleo público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la siguiente dirección electrónica: http://empleopublico.carm.es/
Anexo:
Decreto número 440/2023 de 21 diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2023 para funcionarios de cuerpos docentes de enseñanza no universitaria en la Administración Pública de la Región de Murcia.
Fuente: BORM número 297 de 27/12/2023
Se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023 de personal docente de enseñanza no universitaria en la Administración Pública de la Región de Murcia.
Turno de discapacitados:
De acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en las ofertas de empleo público se reservará un cupo para ser cubierto por personas con discapacidad en los términos establecidos en la normativa reguladora de la materia.
Anexo:
Decreto 442/2023, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la oferta adicional de empleo público extraordinaria para la estabilización de Empleo Temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia y se modifica el Decreto número 247/2022, de 22 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2022.
Fuente: BORM número 297 de 27/12/2023
Se aprueba la Oferta Adicional de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia, para el ámbito de la Mesa de Administración y Servicios.
La Oferta Adicional de Empleo Público Extraordinaria para estabilización de empleo temporal de la Administración Regional es de 179 plazas, distribuidas
en los cuerpos, escalas y opciones de personal funcionario que se indican en el Anexo I al presente Decreto.
El Anexo del Decreto 247/2022, de 22 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2022, queda sustituido por el contenido en el Anexo II de este Decreto.
Anexo I:
Anexo II:
Fuente: BORM número 297 de 27/12/2023
En la Oferta de Empleo Público se incluyen aquellas plazas vacantes cuya cobertura mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso se considera imprescindible para al funcionamiento de los servicios, según la relación que se acompaña como Anexo, que se eleva a un total de 595 plazas para su acceso por el turno libre.
De las plazas ofertadas se reservará el cupo establecido en el Decreto número 93/2011, de 27 de mayo, sobre el acceso y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la función Pública de la Administración Pública de la Región de Murcia, para ser cubiertas por personas con discapacidad.
Páginas web de información:
Con el objeto de facilitar la información sobre los procesos selectivos que se derivarán de la presente Oferta de Empleo, están a disposición de los ciudadanos las siguientes páginas “web”: www.sms.carm.es/somos (intranet) y www.murciasalud.es/oposicionsms (internet).
Anexo:
Fuente: BORM número 297 de 27/12/2023
Se convocan pruebas selectivas, por el sistema de concurso-oposición, para cubrir 5 plazas de la categoría estatutaria de Personal de Servicios, por el turno especial de discapacidad intelectual, de las que 4 plazas se convocan en la opción de CELADOR-A PERSONAL SUBALTERNO y 1 plaza en la opción de PINCHE.
La información sobre el desarrollo de la presente convocatoria se podrá consultar en la dirección de intranet www.sms.carm.es/somos, así como en la siguiente dirección de Internet: www.murciasalud.es/oposicionsms.
Solicitudes: cumplimentación del formulario:
Para poder participar en este proceso selectivo, se deberá cumplimentar el formulario que está disponible en la dirección de internet https://sede.carm.es/sms/seleccion/, entrando en opción “Oposiciones”, siguiendo para ello las instrucciones que la propia aplicación proporciona.
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.
Fase de oposición. Programa de materias:
La fase de oposición versará sobre el programa de materias aprobado por la Resolución del Director Gerencia del Servicio Murciano de Salud de 16 de marzo de 2021 (BORM n.º 72 de 29 de marzo). El programa de materias y el temario desarrollado estará disponible en la web MurciaSalud, en la siguiente dirección electrónica https://www.murciasalud.es/web/recursos-humanos-y-empleo/oposiciones, adjuntándose, asimismo, a la presente en Anexo III.
Fuente: BORM número 297 de 27/12/2023
Texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/734966) BDNS (Identif.): 734966
Finalidad:
Las ayudas convocadas tienen como finalidad contribuir a los objetivos marcados en la Línea específica de inversión I1 Plan de apoyos y cuidados de
larga duración del Componente 22 “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión” del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia del Gobierno de España (PRTR).
En concreto, cuenta con cuatro proyectos en los que se incluyen líneas de subvenciones a corporaciones locales y entidades sin fin de lucro para el logro
de los objetivos propios de cada uno de los proyectos, que son:
- Proyecto 10. Construcción y remodelación de equipamientos para personas con discapacidad.
- Proyecto 11. Construcción y remodelación de equipamientos para personas con alteraciones crónicas de la salud mental.
- Proyecto 12. Adquisición de nuevos equipamientos para alumnado con discapacidad y con alteraciones graves del comportamiento.
- Proyecto 13. Adquisición de nuevos equipamientos en la comunidad para personas con discapacidad.
Limitaciones presupuestarias:
Se podrá conceder subvenciones para el ejercicio 2024 por un importe máximo de 4.243.279,00 €.
Las subvenciones que se otorguen serán concedidas hasta el límite de las consignaciones presupuestarias definidas existentes, siempre y cuando se
cumplan los requisitos establecidos en la Orden de bases.
Fecha de inicio del periodo de solicitud:
Al día siguiente de la publicación del extracto en el BORM.
Fecha de finalización del periodo de solicitud:
Un mes desde su publicación
Convocatoria con anexos.
Bases reguladoras (BORM número 279 de 02/12/2023)
Presentación de solicitudes por sede electrónica
Fuente: BORM número 297 de 27/12/2023
El Texto íntegro de las Bases de Selección se encuentra alojado el Tablón de Edictos y Tablón de Anuncios de la sede electrónica, https://sede.moratalla.regiondemurcia.es, del Ayuntamiento de Moratalla, por medio de su correspondiente anuncio.
Los requisitos necesarios de los/as aspirantes y condiciones de participación se establecen en la Base segunda de la convocatoria.
Fecha de inicio del period de solicitud:
En el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Fuente: BOE número 309 de 27/12/2023
Modificación de la Orden DSA/1110/2022, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para el apoyo a la modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Queda modificada como sigue:
Uno.El párrafo cuarto de la parte expositiva queda redactado del siguiente modo:
«Las entidades del Tercer Sector juegan, en estrecha cooperación con las administraciones públicas, especialmente en el ámbito de los servicios sociales, un papel fundamental en la prestación de servicios sociales personalizados, especialmente dirigidos a aquellas personas que tienen necesidades complejas y que requieren atención continuada. Estos servicios requieren contar conequipamientos digitales y medios tecnológicos modernos que les hagan eficientes y redunden en una mayor calidad. Tal y como se refleja en el anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España esta medida debe estar implementada a más tardar el 31 de diciembre de 2024.»
Dos.El apartado 5 del artículo 9 queda redactado del siguiente modo:
«5. La resolución de concesión detallará los gastos subvencionables para cada entidad beneficiaria y establecerá las limitaciones que en su caso resulten procedentes en relación con los mismos. Serán financiables con cargo a esta subvención aquellos gastos que se hubieran producido entre la fecha de publicación de la convocatoria y el 31 de diciembre de 2024.»
Modificación de la Orden DSA/1199/2021, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la realización de proyectos de innovación en materia de prevención de la institucionalización, desinstitucionalización y desarrollo de servicios de apoyo comunitarios en el ámbito de los cuidados de larga duración, vinculados con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Queda modificada de la siguiente forma:
Uno. Se modifica el apartado e) del artículo 18.2, que queda redactado como sigue:
«e)Se deberá ejecutar al menos el cuarenta por ciento del importe de la subvención en la mitad del periodo de ejecución del proyecto.»
Fuente: BOE número 309 de 27/12/2023
Conceder el distintivo «Igualdad en la Empresa» a las entidades que se relacionan:
Listas cobratorias de la tasa por prestación de ayuda a domicilio y del precio público por la prestación del servicio de teleasistencia domiciliaria correspondiente al mes de octubre de 2023.
Fuente: BORM número 296 de 26/12/2023
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, celebrada el día 27 de noviembre de 2023 se han aprobado las listas cobratorias de la tasa por prestación de ayuda
a domicilio y del precio público por la prestación del servicio de teleasistencia domiciliaria correspondiente al mes de octubre de 2023.
- Lista Cobratoria Servicio de Ayuda a domicilio octubre 2023. Derechos de ingreso: 371,17 €
- Lista Cobratoria Teleasistencia octubre 2023. Derechos de ingreso: 660,38 €
Por todo ello, se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que las citadas listas cobratorias estarán expuestas en el Departamento de Tesorería Avd. Libertad, 50 (Los Alcázares).
Los horarios y días hábiles de pago serán los establecidos por cada una de las entidades de depósito.
Lista cobratoria del precio público por la prestación del servicio en las Escuelas Infantiles Municipales, correspondiente al mes de noviembre de 2023
Fuente: BORM número 296 de 26/12/2023
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, celebrada el día 27 de noviembre de 2023, se ha aprobado la lista cobratoria del Precio Público por la prestación del servicio en las Escuelas Infantiles Municipales, correspondiente al mes de noviembre de 2023.
Concepto: Derechos de ingreso
Lista Cobratoria del Precio Público por la prestación del servicio en las Escuelas Infantiles Municipales noviembre de 2023: 5.355’00 €
Por todo ello, se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que la citada lista cobratoria estará a disposición en el Área de Educación del Ayuntamiento, Avda . Libertad, 40, Los Alcázares.
Los horarios y días hábiles de pago serán los establecidos por cada una de las entidades de depósito.
Plazas convocadas de conformidad con Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023:
Acuerdo de 13 de diciembre de 2023, de la Conferencia Sectorial de Educación, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al programa de financiación de gastos de escolarización en enseñanzas no universitarias de régimen general de personas desplazadas desde Ucrania en el marco del conflicto armado, en el ejercicio presupuestario 2023, por importe de 41.946.680,32 euros
Distribución:
Acuerdo de 13 de diciembre de 2023 de la Conferencia Sectorial de Educación por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, en el ejercicio presupuestario 2023, en el marco del componente 21 «modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), por importe de 142.464.043,00 euros
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las comunidades autónomas, acuerdan:
Aprobar la distribución del importe de 134.774.300,00 euros destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, en el ejercicio presupuestario 2023, en el marco del componente 21 «Modernización y Digitalización del Sistema Educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
Aprobar que las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias, gestionen los fondos que les correspondan para implementar las actuaciones de este programa, de acuerdo con la siguiente distribución:
Aprobar que las comunidades autónomas, en el año 2023 cumplan con los indicadores recogidos en la siguiente tabla:
Por Resolución de Alcaldía de fecha 21/12/2023 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de empleo público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan para el año 2023:
Fuente: BOE número 306 de 23/12/2023
El Donante se compromete a aportar ayuda financiera para la realización de los proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social descritos en la cláusula 1.3 (los «Proyectos») por un valor total de EUR 4.000.000,00 (cuatro millones de euros) (la «Contribución»).
La Organización Internacional para las Migraciones (en adelante OIM) utilizará la Contribución para financiar los costos de los Proyectos en las áreas temáticas, de conformidad con los montos indicados a continuación y los documentos de proyecto y presupuestos que la OIM desarrolló para cada proyecto:
- Área temática de reasentamiento: EUR 1.800.000,00 (un millón ochocientos mil euros).
- Área temática de retorno voluntario asistido y reintegración: EUR 1.700.000,00 (un millón setecientos mil euros).
- Área temática de movilidad laboral e inclusión social: EUR 500.000,00 (quinientos mil euros).
i. Matriz III: potenciando el valor de las asociaciones de migrantes en España EUR 200.000,00 (doscientos mil euros).
ii. Migrando Miradas III: comunicación ética sobre la migración en los medios de comunicación EUR 150.000,00 (ciento cincuenta mil euros).
iii. MICCA II: apoyo a las autoridades españolas en la implementación de programas de migración circular EUR 150.000,00 (ciento cincuenta mil euros).
Fuente: BOE número 305 de 22/12/2023
Con posterioridad, a través del anexo I de la Decisión de Ejecución del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo (UE), de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, se procedió a la extensión del plazo de ejecución de determinados proyectos financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluido el proyecto relativo a la puesta en marcha de los centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual, cuyo plazo de ejecución se extendió del 31 de diciembre de 2023, inicialmente previsto, al 31 de diciembre de 2024.
Por ello, la Conferencia Sectorial de Igualdad, acuerda:
Primero. Modificación del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 19 de abril de 2021, por el que se fijan los criterios de distribución entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla de los créditos destinados al desarrollo del Plan «España te protege (III)-Creación de servicios de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual».
- Se modifica el apartado de «Plazo de ejecución» del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 19 de abril de 2021, cuya redacción será la siguiente: «Todos los proyectos objeto de financiación deberán haberse ejecutado entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024.»
Segundo. Modificación de los apartados 1, 4 y 9 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 27 de mayo de 2022, por el que se aprueban los criterios de distribución territorial y la distribución resultante para la ejecución de los créditos presupuestarios destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual por importe de 46.200.000 euros, con cargo al «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia».
- Se modifica el apartado 1 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 27de mayo de 2022, por el que se aprueban los criterios de distribución territorial y la distribución resultante para la ejecución de los créditos presupuestarios destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual, cuyo último párrafo quedará redactado de la siguiente manera:
«2024: Puesta en condiciones de funcionamiento del servicio en todas las provincias y ciudades con Estatuto de Autonomía.»
- Se modifica el apartado 4, segundo párrafo, del mismo acuerdo, que quedará redactado de la siguiente manera:
«Tal como se recoge en el anexo de la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID, por sus siglas en inglés), el objetivo cuantitativo del Ministerio de Igualdad consiste en contar con al menos un centro de atención integral a las víctimas de violencia sexual operativo en cada provincia, incluyendo las Ciudades con Estatuto de Autonomía (52 centros en toda España) a 31 de diciembre de 2024.»
- Se modifica el apartado 9 del mismo acuerdo, que quedará redactado de la siguiente manera:
«Todos los proyectos objeto de financiación deberán haberse ejecutado entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024.»
Tercero. Modificación de los apartados 1, 4 y 9 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se aprueban los criterios de distribución territorial y la distribución resultante para la ejecución de los créditos presupuestarios destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual.
- Se modifica el apartado 1, subapartado objetivo, último párrafo, que quedará redactado de la siguiente manera:
«El cumplimiento del objetivo definido (la implementación de los centros a 31 de diciembre de 2024) es obligatorio para que la comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía pueda retener finalmente los fondos transferidos.»
- Se modifica el apartado 4, primer párrafo, del mismo acuerdo, que quedará redactado de la siguiente manera:
«Tal como se recoge en el anexo de la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID, por sus siglas en inglés), el objetivo cuantitativo del Ministerio de Igualdad (327-C22.I04 Plan España te protege contra la violencia machista/Centros para las víctimas de violencia sexual) consiste en contar con, al menos, un centro de atención integral a las víctimas de violencia sexual operativo en cada una de las provincias, incluyendo las ciudades de Ceuta y Melilla (cincuenta y dos centros en toda España) a 31 de diciembre de 2024, desglosado de la siguiente manera:»
- Se modifica el apartado 9 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 3 de marzo de 2023, que quedará redactado de la siguiente manera:
«Todos los proyectos objeto de financiación deberán haberse ejecutado entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024.»
Desarrollo sostenible
Ayuda para visibilizar la labor de las empresas de inserción de personas en riesgo de exclusión
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, ha dado el visto bueno a la concesión de una ayuda a las empresas de inserción de la Región de Murcia que asciende a 87.500 euros, con el fin de visibilizar la labor que realizan al servicio de la sociedad.
Las empresas de inserción son un modelo de economía social solidaria de eficacia reconocida y contrastada, que tienen por finalidad la inserción socio laboral de personas que se encuentran en riesgo o en situación de exclusión social.
El Gobierno regional ha apoyado desde el inicio la constitución y consolidación de este tipo de empresas, que hoy alcanzan el número de nueve, según se desprende del Registro de Empresas de Inserción de la Región de Murcia.
La ayuda se repartirá entre las nueve entidades, que serán las encargadas de desarrollar diversos proyectos basados en varias líneas de actuación como la concienciación, la promoción del valor social, la contratación pública responsable, la creación de una comunidad potencial de embajadores de marca, acciones de comunicación y eventos locales para difundir e informar sobre reserva de contratos realizada por la Ley de Contratos.
Atención social
Casi 9 millones para 194 plazas residenciales de mayores en cinco municipios
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, ha aprobado los convenios de colaboración con cinco ayuntamientos de la Región, por valor de 8.875.894 euros, a través del Instituto murciano de Atención Social (Imas), para la atención de personas mayores en plazas residenciales y el desarrollo de programas que fomenten su autonomía personal, su bienestar y la mejora de la calidad de vida de los residentes.
Los ayuntamientos de Totana y Blanca percibirán un total de 3.169.374 y 2.052.517 euros para la reserva y ocupación de 69 y 43 plazas, respectivamente. Alcantarilla y Ceutí tendrán destinada una partida presupuestaria de 1.883.251 y 1.035.824 euros para 41 y 25 plazas cada uno. Al consistorio de Fuente Álamo, por su parte, se le transferirán 734.927 euros para la atención de 16 plazas.
Los servicios que garantiza la firma de este convenio que comprenderá desde 2024 hasta 2027, no solo incluye el alojamiento de los mayores en condiciones de confort y seguridad, sino también una atención integral acorde a las necesidades de cada uno de los usuarios por parte de un equipo multidisciplinar. En este caso, la asistencia al residente se centrará en velar por su bienestar físico y psicosocial, la integración ocupacional y todas aquellas actuaciones que fomenten su autonomía y un envejecimiento saludable.
Salud
Más de 400.000 euros a seis entidades para prevenir trastornos y promover la salud mental
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Salud, ha dado el visto bueno a la concesión de una subvención directa, por un importe global de 437.294 euros, a seis entidades para actividades de prevención de trastornos y promoción y asistencia a la salud mental desde el ámbito sociosanitario.
El objetivo del Gobierno regional es implementar acciones dirigidas a la población infantil y joven, tanto de promoción de la salud mental como de la prevención de conductas autolesivas, necesidad que se ha evidenciado de forma urgente tras la crisis pandémica del Covid-19.
Las beneficiarias son la fundación ‘Soy Comotu’, la asociación Teléfono de la Esperanza, la asociación Albores, la federación de asociaciones de Salud Mental de la Región de Murcia, la fundación solidaridad y reinserción Proyecto Hombre y el colectivo La Huertecica.
En concreto, ‘Soy Comotu’ recibirá 51.254 euros para su programa anual de talleres denominado ‘Espacios de lucha contra el estigma’. El Teléfono de la Esperanza contará con 60.000 euros para desarrollar tres programas (Cuidar al cuidador, Intervención con duelos no patológicos y Apoyo a supervivientes de suicidio).
La asociación Albores dispondrá de 106.540 euros para su programa de acompañamiento educativo-terapéutico en la población infantojuvenil en riesgo psicosocial, mientras que la federación de asociaciones de Salud Mental recibirá 71.000 euros para un programa de reinserción en la comunidad de personas con trastorno mental grave judicializadas.
El colectivo La Huertecica contará con 67.500 euros para el programa de prevención indicada de adicciones en jóvenes de la Región de Murcia. Con una cuantía asignada de 81.000 euros, Proyecto Hombre realizará un programa de prevención de las adicciones en adolescentes, jóvenes y sus familias.
Esta iniciativa se enmarca en el Plan Nacional de Salud Mental 2022-2024 del Ministerio de Sanidad, que en abril y junio de 2023 aprobó la financiación de proyectos para la Región de Murcia propuestos por la Gerencia de Salud Mental del Servicio Murciano de Salud, a desarrollar durante el próximo ejercicio de 2024.
Orden de 13 de diciembre de 2023 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se establece la convocatoria del concierto social para la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia
BORM número 292 de 20 de diciembre de 2023
Consejería de Política Social, Familias e Igualdad
Vigencia: desde el 21 de diciembre de 2023
Referencias
Afectada por:
Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia, (BORM número 174 de 30 de julio de 2021):
Normativa básica.
Decreto número 62/2019, de 3 de mayo, por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia, en materia de protección y reforma del menor, (BORM número 105 de 9 de mayo de 2019):
Establece el régimen jurídico.
Orden de 28 de julio de 2023 por la que se aprueba el modelo de acuerdo de concierto social para la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia y por la que se determina el precio de dichos servicios, (BORM número 179 de 4 de agosto de 2023):
Establece el modelo de acuerdo.
Contenido
El Decreto 62/2019, de 3 de mayo, por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia en materia de protección y reforma del menor, establece en su artículo 2, apartado c, que podrán ser objeto de concierto social en el ámbito de protección y reforma de menores, entre otros, “Cualquier otro servicio dirigido a la protección de menores en situación de riesgo o desamparo”, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 68 y siguientes de la Ley 3/2021 de 29 de julio de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
El artículo 12 del mencionado Decreto 62/2019, de 3 de mayo, establece que la formalización de los conciertos sociales se efectuará en documento administrativo, por el titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales mediante el denominado acuerdo de concierto social, según modelo aprobado previamente por el titular de la citada consejería. Este modelo, por lo que respecta la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia, fue aprobado mediante Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, de 28 de julio de 2023 (BORM n.º 179 de 4 de agosto de 2023).
El artículo 9.1 del citado Decreto establece que el “procedimiento para la selección de las entidades se iniciará mediante la correspondiente convocatoria para cada tipo de concierto, en función de las necesidades de la Administración Regional, con indicación, entre otros aspectos, de su objeto de acuerdo con lo previsto en el artículo 3, su duración y el importe total del concierto. Dicha convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia”.
La Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación, es la entidad competente en protección de menores, así como le corresponde ejercer las competencias relativas a la promoción, protección y apoyo a las familias e infancia, incluida la dirección en la elaboración de planes, programas y proyectos específicos en estas materias, tal y como establece el artículo 5 del Decreto nº 238/2023, de 22 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la citada Consejería.
De acuerdo con la normativa recogida en los párrafos precedentes, y en virtud de las atribuciones conferidas a la Consejería competente en materia de servicios sociales por el Decreto del Presidente n.º 31/2023, de 14 de septiembre, de reorganización de la Administración Regional, y del artículo 16.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la comunidad Autónoma de la Región de Murcia:
Dispongo:
Artículo 1. Objeto y régimen jurídico.
1. Es objeto de la presente Orden la convocatoria para el ejercicio 2023, en régimen de concurrencia competitiva, del concierto social para la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia.
2. El procedimiento de esta convocatoria se rige por lo dispuesto en el Decreto 62/2019, de 3 de mayo, por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia, en materia de protección y reforma del menor, en la 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas así como por cualquier otra disposición o norma del ordenamiento jurídico que resulte de aplicación.
Artículo 2. Duración e importe del concierto derivado de la convocatoria.
1. En la presente Orden se convoca un número máximo de 640 casos a atender, de manera continuada cada mes, por la entidad seleccionada.
2. La duración inicial del acuerdo de concierto social que se derive de esta convocatoria será de un máximo de 4 años, sin perjuicio de su posible prórroga de acuerdo con el artículo 17.2 del Decreto 62/2019, de 3 de mayo.
3. De acuerdo con el importe a pagar por tramos por la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia, determinado por la Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, de 28 de julio de 2023 (BORM n.º 179 de 4 de agosto de 2023), el importe máximo de la presente convocatoria será de 6.585.454,59 €, con cargo a la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia según la siguiente distribución por anualidades:
Ejercicio presupuestario/periodo | Coste servicio sin IVA | Coste servicio con IVA |
2024 | 512.554,24 € | 563.809,66 € |
(01/01/2024 a 30/11/2024 ) | ||
2025 | 1.125.006,05 € | 1.237.506,65 € |
(01/12/2024 a 30/11/2025) | ||
2026 | 2.034.094,00 € | 2.237.503,40 € |
(01/12/2025 a 30/11/2026) | ||
2027 | 2.315.122,63 € | 2.546.634,89 € |
(01/12/2026 a 31/12/2027 | ||
TOTAL | 5.986.776,90 € | 6.585.454,59 € |
Las anteriores cuantías serán el límite que no podrá superar el concierto social que se derive de la presente convocatoria, estando previsto el inicio de la vigencia del mismo para el 1 de enero de 2024.
Las mencionadas cuantías se derivan de la aplicación progresiva de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias, recogida en la Cláusula Octava apartado b) de la citada Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, de 28 de julio de 2023. Así, para el año 2024 se aplica como máximo el tramo 1 dado que no se prevé superar dicho tramo según el número de casos por equipo. De igual modo, para 2025 se aplica como máximo el tramo 2 por idéntica razón, realizándose los cálculos para 2026 y 2027 en base al tramo 3 al deberse implantar en su totalidad los citados Servicios para dichos años.
Los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia serán financiados a través del programa FSE+ de la Región de Murcia 2021-2027 (cofinanciados en un 60% por el FSE+).
Artículo 3. Requisitos de las entidades solicitantes.
1. Las entidades que deseen participar en la presente convocatoria deberán haber sido declaradas aptas para suscribir conciertos sociales en relación con la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia, mediante Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.
B008- Centro de Atención a Menores en Situación de Riesgo Social |
B009- Servicio de Atención a Menores en Situación de Riesgo Social |
M005- Centro de Atención y Apoyo a Familias |
M006- Servicio de Atención y Apoyo a Familias |
M007- Centro de Orientación y/o Mediación Familiar |
M008- Servicio de Mediación Familiar |
M009- Servicio de Orientación Familiar |
2. A los efectos de esta convocatoria, se considera que los siguientes centros y servicios del sector de Infancia y Familia, autorizados conforme a la normativa vigente en materia de servicios sociales, son los aptos para la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia:
Artículo 4. Presentación de solicitudes y documentación a adjuntar.
1. Para la presentación de la solicitud se utilizará el formulario electrónico específico disponible en la Sede electrónica de la Administración regional. A efectos informativos se adjunta el modelo como anexo II de la presente convocatoria.
La presentación de la solicitud supondrá que la entidad se compromete, de ser seleccionada, a asumir y atender el número máximo de casos recogidos en el artículo 2.1 de esta convocatoria.
Las solicitudes deberán presentarse de acuerdo con lo previsto en las Leyes reguladoras del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen Jurídico del Sector Público. La presentación de las solicitudes y del resto de documentación del procedimiento de forma telemática se realizará a través de un formulario electrónico específico que estará disponible en la Sede electrónica de la Administración regional.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).
3. Documentación a presentar junto con la solicitud.
a. Propuesta técnica que incluya los programas, planes, personal o servicios adicionales que ofrece.
b. La documentación que se requiera para valorar la aplicación de los criterios de selección de acuerdo con el anexo I de esta convocatoria.
4. Documentación a presentar por la entidad seleccionada.
La Entidad seleccionada deberá aportar la documentación acreditativa de la titularidad del centro coordinador o su disponibilidad por cualquier título jurídico válido, incluido el arrendamiento o cesión, por un período no inferior a la vigencia del concierto social. Cuando la entidad no sea propietaria del local o edificio donde se van a coordinar los servicios concertados, deberá acreditar en el momento de formalización del concierto social, que cuenta con la autorización de la persona propietaria para destinarlo a los fines específicos del concierto social, no siendo suficiente contar con una autorización de carácter genérico.
5. No obstante, si la documentación recogida en los apartados anteriores ya obrase en poder de las Administraciones Públicas o hubiese sido elaborada por ellas, la entidad interesada no habrá de aportarlos de acuerdo con los artículos 28.2 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo, debiendo indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.
Artículo 5. Criterios finales de selección y asignación de casos.
Los criterios finales de selección y asignación de casos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8.3 del Decreto 62/2019, de 3 de mayo, serán los establecidos en el anexo I de esta convocatoria, realizándose las debidas adaptaciones y aclaraciones a los criterios señalados por el anexo III del mencionado Decreto habida cuenta de que la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia, tiene un ámbito regional.
Artículo 6. Procedimiento de selección de la entidad. Procedimiento de formalización del acuerdo de concierto social.
1. El procedimiento de selección se regirá por lo dispuesto en la presente Orden así como por lo regulado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, correspondiendo la instrucción del mismo al Servicio de Familia.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, realizadas las subsanaciones correspondientes, el Servicio de Familia solicitará informe a la unidad administrativa competente de la Consejería en materia de inscripciones registrales de Entidades, Centros y Servicios Sociales, relativo a las entidades que hayan sido declaradas aptas para suscribir conciertos sociales, en el ámbito de la protección o reforma de menores, en relación con la prestación de los Servicios Comarcales de Apoyo a las Familias en la Región de Murcia, debiendo haber sido dictada dicha declaración de aptitud antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido por esta convocatoria.
3. Recibido el informe de la unidad administrativa competente en materia de inscripciones registrales de Entidades, Centros y Servicios Sociales, el Servicio de Familia procederá, de acuerdo con los criterios recogidos en el anexo I de esta Orden y a la vista de las propuestas realizadas por las entidades, a la prelación de las solicitudes de acuerdo con los criterios finales de selección y asignación previamente establecidos, adjudicando todos los casos objeto de esta convocatoria, con el límite fijado en la misma dentro del crédito disponible, a aquella entidad que haya obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
En caso de que varias entidades obtuvieran la misma puntuación se estará a los criterios de preferencia y desempate establecidos en el anexo III del Decreto 62/2019, de 3 de mayo.
4. A la vista de la selección de la entidad con la que se suscribirá el concierto social, realizada por el Servicio de Familia, se requerirá a dicha entidad para que presente en el plazo de 10 días hábiles la documentación exigida con carácter previo a la formalización del concierto social señalada en el artículo 4.4 de esta convocatoria.
Si la entidad seleccionada no presentase la documentación exigida en el plazo establecido, se pasará a adjudicar los casos a las siguientes entidades por orden de puntuación.
En el caso de que no existieran más entidades seleccionadas la convocatoria sería declarada desierta a través de la correspondiente Orden.
5. El plazo máximo para dictar y notificar la Orden de selección es de tres meses a contar desde la publicación de la Orden de Convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin dictarse y notificarse resolución alguna, la entidad podrá entender desestimada su pretensión por silencio administrativo.
6. Contra la Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad resolviendo el procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la misma en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia, 13 de diciembre de 2023. La Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, María Concepción Ruiz Caballero.