Aviso

Atención

Por tareas de mantenimiento, entre las 08:00 y las 08:15 horas del día 17/04/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.

Disculpen las molestias.

Información apoyo Ucrania (código 3840) (SIA 2857080)

Información Básica

Objeto:

Ofrecer información referente a la protección internacional de familias  o menores afectados por la situación de Ucrania

Información de Interés

NOVEDAD:

Ya está disponible el teléfono de información para las personas desplazadas de Ucrania durante las 24 horas del día (+34) 91 047 44 44, con atención en ucraniano y español.

A través de este teléfono se dará CITA para los centros de recepción del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y MigracionesAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica.

En el siguiente enlace obtendra información ofrecida por el Ministerio del Interior en varios idiomas.

http://www.interior.gob.es/es/web/servicios-al-ciudadano/ucrania-proteccion-temporalAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

PREGUNTAS FRECUENTES  EN RELACIÓN A LA ATENCIÓN A PERSONAS DESPLAZADAS A LA REGIÓN DE MUCIA A CAUSA DE LA CRISIS HUMANITARIA EN UCRANIA.

El Consejo de la UE ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a las personas ucranianas desplazadas residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea durante un año, prorrogable hasta tres, sin tener que solicitar asilo.

La competencia en materia de protección internacional y temporal es Estatal, siendo de aplicación en España el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, que ha sido actualizado por la reciente aprobación de la Orden PCM/170/2022, de 9 de marzo, por la que se amplía protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022, y la Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto de Ucrania.

Esta guía de preguntas frecuentes irá siendo actualizada, a medida de que se vayan desarrollando los procedimientos relacionados con la protección temporal y se disponga de información más concreta por parte del Ministerio competente.

1. ¿De qué protección dispone una persona desplazada desde Ucrania por el conflicto bélico?

Las personas ucranianas desplazadas a causa del conflicto bélico en ese país tienen derecho a la protección temporal que reconoce la Directiva 2001/55/CE del Consejo.

2. ¿En qué consiste la protección temporal?

El reconocimiento de la protección temporal, permite un refugio inmediato y temporal en los países de la Unión Europea, respecto de las personas que huyen del conflicto bélico en Ucrania.

3. ¿Qué derechos me otorga la protección temporal?

La protección temporal concede un permiso de residencia y trabajo, que serán válidos durante toda la duración de la protección.

Las personas beneficiarias de la protección temporal tienen derecho a:

  • Libertad de circulación y de residencia en España.
  • Información sobre el contenido de la protección temporal.
  • Título de viaje: se proveerá de un título de viaje a las personas beneficiarias de protección temporal que justifiquen la necesidad de salir del territorio nacional y no tengan pasaporte ni título de viaje, o que, teniéndolos, no sean válidos.
  • Recepción en territorio nacional: cuando una persona beneficiaria de protección temporal en territorio español permanezca o pretenda entrar sin autorización en el territorio de otro Estado miembro de la UE durante el periodo cubierto por dicha decisión, se volverá a autorizar la entrada en territorio nacional. 
  • Reagrupación familiar: se concederán los beneficios de la protección temporal, previa solicitud del beneficiario de ésta en España, a los miembros de su familia, siempre que ésta estuviese ya constituida en el país de origen y que, debido a las circunstancias que dieron lugar a la declaración de la protección temporal, se hayan separado.
  • Autorización administrativa para trabajar, que tendrá la misma duración que el permiso de residencia temporal que se le conceda.
  • Ayudas sociales: cuando no dispongan de recursos suficientes podrán beneficiarse de servicios sociales y sanitarios de acuerdo con la normativa de asilo.

4. ¿Qué deberes tienen las personas solicitantes o beneficiarias de protección temporal?

Las personas solicitantes o beneficiarias de protección temporal en España tendrán los siguientes deberes:

  • Colaborar con las autoridades españolas para la verificación de todos aquellos extremos relevantes para la concesión de la protección temporal.
  • Presentar todos los documentos en los que se apoye la solicitud: documentos de identidad, de residencia en Ucrania, de vínculos familiares, etc.
  • Informar sobre cualquier cambio de domicilio en España.

5. ¿Quiénes pueden solicitar de la protección temporal?

Pueden solicitar la protección temporal:

a) Nacionales ucranianos desplazados desde Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022, a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha.

b) Nacionales ucranianos que se encontrasen en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.

c) Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región.

d) Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.

e) Miembros de las familias de las personas a que se refiere los apartados a, b y c en los siguientes términos:

  • Al cónyuge o su pareja de hecho.
  • A sus hijos menores solteros o de su cónyuge, sin distinción en cuanto a si nacieron dentro o fuera del matrimonio o fueran adoptados.
  • A otros parientes cercanos que vivieran juntos como parte de la unidad familiar en el momento de las circunstancias relacionadas con la afluencia masiva de personas desplazadas y que dependieran total o parcialmente de ellos.

6. ¿Qué puedo hacer si me encontraba en España antes del 24 de febrero?

Si llevabas menos de 90 días en España, tu situación sigue siendo regular. En el espacio Schengen estarás en situación regular durante 90 días desde la entrada.

Si tenía una solicitud de extranjería en trámite o en vigor, y la situación en Ucrania le imposibilita la obtención de algunos de los documentos necesarios para tramitar su autorización de residencia y trabajo, diríjase a la Oficina de Extranjería de Murcia.

7. ¿Dónde puedo solicitar la protección temporal?

La solicitud de protección temporal se formulará mediante comparecencia personal de la persona interesada en:

  • La Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de la Jefatura Superior de Policía de la Región de Murcia ubicada en la avenida de Mercamurcia, nº 15 de Sangonera la Verde (Murcia).
  • Comisaría de Policía de Cartagena, ubicada en C/ Menéndez y Pelayo, 6 de Cartagena.
  • Comisaría de Policía de Lorca, ubicada en plaza Policía Nacional, 1 de Lorca.
  • Comisaría de Policía de Molina de Segura, ubicada en C/ Canarias, 2 de Molina de Segura.

Se dispondrá de intérprete para las personas que lo necesiten.

En el caso de menores de 18 años que estén acompañados por algún adulto, la solicitud será presentada por la persona responsable de aquellos.

Deberá acudir siempre con cita previa. La cita debe obtenerse en la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial, a través del siguiente enlace:

Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionespublicas.gob.es)Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

8. ¿Qué documentación es necesaria presentar para solicitar la protección temporal?

Para la solicitud de la protección temporal la persona interesada debe aportar la documentación que acredite que pertenece al colectivo al que le es de aplicación el régimen de protección temporal:

  • Para nacionales de Ucrania: pasaporte o documento de identidad ucraniano.
  • Afectados no nacionales de Ucrania: pasaporte y documento de residencia expedido por las autoridades ucranianas.
  • Menores de edad: pasaporte o documento de identidad, más documento acreditativo del vínculo familiar (acta de matrimonio, partida de nacimiento, certificado de adopción).

Importante: en todos los casos deberá acudir con 2 fotografías tamaño carnet.

9. ¿Cómo puedo obtener la cita previa para la solicitud de protección temporal?

La cita debe obtenerse en la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial, a través del siguiente enlace:

Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionespublicas.gob.es)Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

10. ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud de protección temporal?

La propia solicitud de protección temporal ya autoriza a la persona interesada, de forma provisional, a permanecer en territorio español así como a percibir las ayudas sociales gestionadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La resolución por la que se conceda o deniegue la protección temporal se dictará en el plazo máximo de 24 horas desde la solicitud de la misma.

La resolución por la que se concede la protección temporal incluirá la autorización de residencia y trabajo en el país.

11. ¿Cómo puedo acceder a la asistencia sanitaria?

Para tener acceso a la asistencia sanitaria, la persona interesada deberá presentarse en la unidad de tramitación administrativa del centro de salud correspondiente con el resguardo acreditativo de presentación de solicitud de protección temporal expedido por la Policía Nacional o la resolución de concesión de la misma acordada por el Ministerio del Interior.

No es necesario presentar el certificado de empadronamiento.

12. ¿Cómo escolarizar a un/a menor llegado desde Ucrania?

Para la escolarización de los alumnos que están llegando desde Ucrania, los interesados se deben dirigir al centro escolar que consideren oportuno, donde se les facilitarán el modelo de solicitud y se les informará de la documentación que tienen que aportar.

Para poder escolarizar en las etapas de 2º ciclo de Ed. Infantil (3-6 años), Ed. Primaria y ESO se debe presentar el modelo de solicitud junto a la siguiente documentación:

  • Documento de identidad (NIE o Pasaporte)
  • Justificación del domicilio
  • Libro de familia o documento asimilado y,
  • Si los dos progenitores no pueden firmar la solicitud, un documento donde quien la presente justifique la causa.
  • En interés del menor, cuando no sea posible presentar alguno de estos documentos, se puede sustituir por una declaración responsable y se completará la documentación cuando sea posible.

Todos los modelos están disponibles en el procedimiento 144 de sede electrónica https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=144&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288

En el caso de alumnado que solicita plaza para Bachillerato, para poder matricularse se necesita la homologación de los estudios de secundaria (equivalente a ESO) por la Alta Inspección del Estado.

En el centro educativo se les dará información sobre la sede electrónica para solicitar dicha Alta de la Inspección. En el momento en que se solicite, se obtiene el volante de inscripción condicional, que deberán presentar en cualquier registro oficial. Una vez registrado, deberá  presentar el resguardo del registro en el centro educativo donde deseen cursar el Bachillerato.

13. ¿Cuál es la duración de la protección temporal?

La protección temporal y los permisos de residencia y trabajo tienen una duración de 1 año. Transcurrido este tiempo se entenderán prorrogados automáticamente por otro año. Excepcionalmente podrá prorrogarse por un año más.

14. Soy ciudadano/a ucraniano/a y acabo de llegar a la Región de Murcia. No dispongo de medios económicos ¿A dónde debo dirigirme?

En el caso de carecer de recursos económicos, podrá solicitar acceder al Sistema de Acogida, en el caso en el que se cumplan además los siguientes requisitos:

a) Ser nacionales ucranianos desplazados desde Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022, a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha.

b) Ser nacionales ucranianos que se encontrasen en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.

c) Ser nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región.

d) Ser nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.

En caso de cumplir los requisitos anteriores, y carecer de medios económicos, debe dirigirse a las oficinas de ACCEM directamente, o a través de los siguientes teléfonos o correos electrónicos:

  • En Murcia, en horario de 8:00h a 18:30h en la oficina situada en calle Ricardo Gil, nº 5Bajo.

Llamando al teléfono 673 31 50 20.

A travé de la siguiente direccion de correo electrónico: ucrania.murcia@accem.es

  • En Cartagena, en horario de 8:00h a 18:30h en la oficina situada en calle Ciudadela, nº 17Bajo.

 Llamando al teléfono 673 31 50 20.

A través de la siguiente dirección de correo electrónico: ucrania.murcia@accem.es

15. ¿Cómo funciona el Sistema de Acogida?

Este sistema prevé una metodología de intervención de itinerarios por fases, en función del grado de autonomía que vayan adquiriendo las personas destinatarias de las actuaciones:

  • La primera fase consiste en la acogida en un dispositivo en el que se ofrece cobertura de las necesidades básicas, ayudando a las personas beneficiarias a adquirir habilidades necesarias para el desarrollo de una vida independiente.
  • La segunda fase se inicia cuando las personas finalizan su estancia en el dispositivo de acogida y requieren seguir recibiendo apoyo mediante ayudas económicas de alquiler y atención a necesidades básicas.

Estas actuaciones se realizan a través de una red estatal integrada por los Centros de Acogida a Refugiados dependientes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

16. Si tengo protección temporal, ¿Puedo solicitar protección internacional?

Las personas beneficiarias de protección temporal podrán solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado en España, pero no podrán disfrutar de los beneficios derivados de la solicitud de protección internacional a la vez.

A través del siguiente directorio se podrán realizar las consultas que, en materia de protección internacional, pudieran plantear las personas ucranianas que residen en los municipios de nuestra Región, así como aquellas personas desplazadas procedentes de Ucrania que se encuentren en nuestro territorio.

ENTIDAD

DATOS DE CONTACTO

CRUZ ROJA

678 509 450

ucraniamurcia@cruzroja.es

ACCEM

968 268 427

aquesadaa@accem.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

CEPAIM

664 32 96 12

murcia@cepaim.orgAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

MURCIA AGOGE

968 021 466

murcia.refugio@redacoge.orgAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

COLUMBARES

968 824 241

proteccion.internacional@columbares.org

ÁNGEL TOMÁS

607 716 667

pes.cartagena@fisat.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

17. Información sobre la validez y canje de los permisos de conducción ucranianos en España:

Según la Instrucción COND 2022/02 del Ministerio del Interior, sobre medidas extraordinarias en relación a la validez y canje de los permisos de conducción ucranianos, de aquellas personas solicitantes o beneficiarias de protección temporal en España:

  • Se amplía la validez del permiso de conducción ucraniano para conducir en España a un plazo de un año desde su entrada en territorio español (a partir del 24 de febrero de 2022), siempre y cuando el permiso de conducción esté en vigor y su titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente.
  • Si los ciudadanos quieren canjear su permiso de conducción ucraniano por un permiso de conducción español, deberán pedir cita de canje. La acreditación de la residencia será la ordinaria a través de la oficina de asilo y refugio y la verificación de permiso de conducción se sustituirá por una declaración jurada.

DETECCIÓN DE MENORES UCRANIANOS NO ACOMPAÑADOS RESIDENTES EN LA REGIÓN DE MURCIA:

Si se detectan menores acompañados de familiares o adultos responsables legalmente o con arreglo a la costumbre a los que están vinculados que desean continuar con ellos, y si tienen cubiertas sus necesidades morales y materiales, no se requiere en principio intervención de la Entidad Pública. No obstante se podrá valorar la situación para proceder, en el caso que sea necesario, a la formalización de acogimientos familiares.

18. ¿Qué tengo que hacer si detecto a un menor ucraniano no acompañado?

Comunicación a Policía Nacional para su identificación y reseña, así como puesta a disposición de la Entidad Pública de Protección de Menores, donde se ofrecerá el cuidado y protección que el menor requiera.

19. ¿Qué tengo que hacer si detecto a un menor procedente de ucrania que está acompañado por adultos con los que no tiene vínculo familiar?

Debe ponerse en conocimiento de la Entidad Pública de Protección para la apertura de un expediente informativo (Guarda de hecho menor ucrania)

Se valorará la situación de niño, niña o adolescente para garantizar su correcta atención, para lo que se tendrá que acreditar entre otros:

  • Relación con el menor
  • Autorización con la que cuenta para su atención.
  • Documentación del menor y de la familia acogedora.
  • Itinerario migratorio (cómo ha llegado a España)

Durante la valoración el menor continuará con la familia guardadora.

20. ¿Cómo debo actuar si detecto una situación de desprotección de menores de nacionalidad ucraniana?

•     El procedimiento será el mismo establecido para cualquier menor en situación de desprotección:

  • Comunicación a los Servicios Sociales Municipales para su valoración.
  • Intervención de la Entidad Pública de Protección en aquellos casos que sea necesario.

OFRECIMIENTOS DE FAMILIAS Y PERSONAS RESIDENTES EN LA REGIÓN DE MURCIA, PARA EL ACOGIMIENTO DE MENORES UCRANIANOS NO ACOMPAÑADOS:

Ninguna entidad privada puede ofrecer el acogimiento de menores que no estén acompañados por sus familiares, ni solicitar cuantías económicas para tramitar la salida de éstos del país. No es adecuado favorecer la salida de menores sin las garantías establecidas por el Derecho Internacional.

 FASE INICIAL:

21. ¿Cómo puedo ofrecerme como familia acogedora?

Es requisito ser residente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El ofrecimiento se realizará a través del correo electrónico protecciondemenores.ucrania@carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Se deberá indicar obligatoriamente:

Nº de DNI de los solicitantes.

Teléfono de contacto.

Sin estos datos la solicitud se entenderá rechazada ya que no se puede dar de alta en la base de datos de la Dirección General de Familias y Protección de Menores.

22. ¿Cuándo sé que mi solicitud se está tramitando?

La tramitación dependerá de cómo se vayan desarrollando la crisis humanitaria. La lista de ofrecimiento se activará según necesidades.

En un primer momento se le citará a una charla informativa y formativa a la que tendrá que acudir obligatoriamente.

23. ¿Cuál va a ser el orden de la tramitación de las solicitudes?

Se priorizarán las solicitudes de familias que ya han sido valoradas idóneas por el servicio de protección de menores y se han ofrecido para dar respuesta a esta crisis humanitaria.

Seguidamente se irá citando a la charla informativa-formativa por orden de entrada de los ofrecimientos en la base de datos de la Dirección General de Familias y Protección de Menores

FASE DE VALORACIÓN:

24. ¿Cuándo se realiza la valoración psicosocial?

En la charla informativa y formativa se le entregara una ficha para el programa de acogimiento de menores tutelados en la Región de Murcia.

Esta tiene que ser cumplimentada y presentada por sede electrónica o en las oficinas de registro. Para acudir a las oficinas de registro, es obligatorio solicitar cita previa. Puede solicitarla pinchando en este enlace: cita previaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

A partir de la presentación se realizará un estudio preliminar de las familias que mejor se acople a los intereses y necesidades de los menores tutelados.

MÁS INFORMACIÓN:  https://acoge.carm.es/Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

En caso de detectar un menor sin la compañía de familiares y/o adultos se tiene que comunicar a las Fuerzas de Seguridad para su protección e identificación.

INFORMACIÓN SOBRE EL PROGRAMA “FAMILIAS ACOGEDORAS PARA FAMILIAS REFUGIADAS EN UCRANIA”.

El objetivo de este programa gestionado por la Fundación La Caixa en colaboración con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, es establecer una red de familias acogedoras, que acojan en sus hogares a familias que llegan a nuestro país procedente de Ucrania como refugiadas.

25. ¿Dónde me puedo informar sobre este programa?

Podrá informarse sobre el “Programa Familias Acogedoras para Familias Refugiadas en Ucrania” llamando al teléfono gratuito 900 670 909, en horario de lunes a domingo de 9h a 22h.

O a través del formulario de contacto, al que puede acceder pinchando en el siguiente enlace:

https://cloud.news.fundacionlacaixa.org/form01?idf=acoUKR2022&lang=es&_ga=2.84325329.939299884.1648542452-2042854544.1648199770Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica.

Para más información puede acceder a la guía de preguntas frecuentes que, sobre este programa ha elaborado la Fundación La Caixa, pinchando en el siguiente enlace:

7f3d2dd1-0b50-c8d9-4cd6-3f36dde29921 (fundacionlacaixa.org)Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

INFORMACIÓN PARA REFUGIADOS DE UCRANIA QUE VIAJAN CON ANIMALES.

La rabia es una enfermedad mortal, que se transmite a través de la saliva de los animales infectados, por ello es tan importante la protección ante esta enfermedad.

26. Si mi mascota aún no ha sido vacunada contra la rabia, ¿Qué debo hacer?

Si tu mascota aún no está vacunada contra la rabia, debes contactar con el Servicio de Sanidad Animal de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, a través del email mascotasucrania@carm.es y el teléfono 968 36 83 55, y se te indicarán,  las medidas necesarias para proteger a tu mascota.

Mientras tu mascota no esté vacunada contra la rabia, sigue las siguientes indicaciones:

  1. Pasea a tu perro siempre con correa corta y bozal.
  2. No dejes que contacte con otros animales o personas.
  3. Los gatos y hurones deben mantenerse siempre en interiores.

MUY IMPORTANTE: si tu animal muerde a alguna persona, debes contactar inmediatamente con el 112.

La persona que ha sido mordida debe acudir de inmediato a su centro de salud.

GUÍA DE DERECHOS PARA MUJERES REFUGIADAS QUE PUEDAN ESTAR SUFRIENDO VIOLENCIA MACHISTA (Ministerio de Igualdad).

Es víctima de violencia de género la mujer que es objeto de cualquier acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, ejercido sobre ella por parte de quien sea o haya sido su cónyuge o de quien esté o haya estado ligado a ella por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. También se consideran víctimas de esta violencia a los hijos e hijas menores de edad y las personas menores de edad sujetas a su tutela, o guarda y custodia, y se les reconocen unos derechos específicos.

27. ¿Dónde puedo obtener información general y asesoramiento jurídico a este respecto?
 
Si crees que puedes estar sufriendo violencia machista, puedes solicitar información a través de:
 Teléfono 016, que atiende 24h al día los 365 días del año, en varios idiomas incluido el ucraniano.

  1. Whatsaap 600 000 016
  2. Email, 016-online@igualdad.gob.es

Para más información, puedes acceder a la Guía del Ministerio de Igualdad pinchando en el siguiente enlace:

https://violenciagenero.org/web/wp-content/uploads/2022/04/GuiaRefugioVGcastellano.pdfAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

28. ¿Dónde puedo ser atendida en la Región de Murcia?
 
Si presencias violencia machista, o si la sufres, puedes:
 

  1. Llamar al teléfono 112, en casos de emergencia.
  2. Llamar al teléfono gratuito 900 710 061, a través del cual se te dará cita para atención psicológica y asesoría jurídica; también pueden recibir atención psicológica tus hijos e hijas.

29. ¿Y si sufro violencia sexual?

Si eres mujer y sufres violencia sexual, puedes:

  1. Llamar al teléfono 112, en casos de emergencia.
  2. Llamar al teléfono gratuito 722 515 148, de atención e información 24 horas.

30. Alerta contra la trata de personas:

Si sufres, ves o tienes sospechas sobre trata de personas, puedes llamar a los siguientes teléfonos:

  1. 968 235 598/ 690 010 957 (Oblatas).
  2. 968 295 359 / 609 590 228 (APRAMP).

CURSOS ON LINE PARA EL APRENDIZAJE DE ESPAÑOL DIRIGIDOS A HABLANTES DE LA LENGUA UCRANIANA Y RUSA.

La Compañía de Jesús en España ha lanzado un curso on line, ¡Comunícate!, para aprender español, junto a Radio ECCA, para las personas refugiadas por el conflicto de Ucrania. Es gratuito y dirigido a hablantes de lengua ucraniana y rusa.

Para inscribirse en este curso, pinche en el siguiente enlace:

https://noticiasecca.blogspot.com/2022/03/la-compania-de-jesus-ofrece-un-curso.htmlAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS, INFANCIA Y CONCILIACIÓN (A14028747)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

No existen documentos específicos

Dónde y Cómo tramitar

No existen datos para este epígrafe

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia