Pagina principal |

Acuerdos del Consejo de Ministros de 27/12/2022

ASUNTOS GENERALES

Asuntos Económicos y Transformación Digital

MEDIDAS DE RESPUESTA A LA GUERRA DE UCRANIA Y RECONSTRUCCIÓN DE LA PALMA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, con el objetivo de ahondar en el descenso de la inflación, y reforzar las medidas de apoyo para las familias y los sectores económicos más afectados.

Este Real Decreto-Ley da continuidad al Plan Nacional de respuesta a la Guerra de Rusia en Ucrania aprobado por el Gobierno el pasado mes de marzo, prorrogado y ampliado con normas posteriores, para reducir la inflación y adaptar la economía española al nuevo entorno económico, a la vez que refuerza una red de protección para los colectivos vulnerables y los sectores más afectados.

Las medidas adoptadas hasta el momento han sido eficaces, permitiendo cumplir los objetivos establecidos: desde el mes de agosto la tasa de inflación española se sitúa por debajo de la media europea y en el mes de noviembre España tiene la menor tasa de inflación armonizada, manteniéndose el crecimiento económico y la creación de empleo en un entorno internacional complejo, lo que pone de manifiesto la solidez de la economía española.

No obstante, la persistencia de la guerra continúa afectando al nivel general de precios, especialmente de ciertos bienes fundamentales como los alimentos, las materias primas y algunos bienes intermedios. Por ello, la voluntad del Gobierno es seguir adoptando medidas que permitan aliviar la situación de forma prioritaria de las familias y sectores más afectados, en línea con las recomendaciones de los organismos nacionales e internacionales.

El conjunto de medidas aprobadas permitirá cumplir estos objetivos de forma eficiente y equilibrada, manteniendo los principios de transformación digital y verde y de autonomía estratégica de la economía española, protegiendo a las familias y empresas y garantizando el cumplimiento de los objetivos fiscales y presupuestarios.

Con el fin de contener los precios y que la acción pública beneficie íntegramente a los consumidores y al conjunto de la población, los sectores correspondientes deberán repercutir el monto de las ayudas y bajadas fiscales en los precios de la cadena de producción, distribución o consumo.

Medidas para reducir los precios de los alimentos

Uno de los principales objetivos de las medidas adoptadas sigue siendo contener el incremento de los precios, especialmente de la energía y los alimentos. Con esta finalidad, se suprime el IVA de los productos frescos que tenían ya el tipo reducido y se reduce del 10% al 5% el del aceite y las pastas, lo que permitirá reducir el precio de alimentos básicos y de primera necesidad como el pan, la leche y las frutas y hortalizas, además de los mencionados. De esta forma se pretende aliviar la situación de las familias, de manera más intensa para aquellas de bajos ingresos que dedican una parte mayor de su renta a estos bienes. Esta bajada de impuestos se mantendrá hasta el 30 de junio o hasta que la inflación subyacente baje del 5,5%.

Adicionalmente, se prorroga durante todo 2023 la reducción del IVA de la electricidad y del impuesto especial sobre la energía eléctrica y se mantiene la suspensión temporal del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, para que los productores de electricidad puedan seguir ofertando precios más competitivos.

Tipo reducido para mascarillas y vacunas

Los recursos para la prevención y diagnóstico de la COVID-19 también continuarán con una tributación excepcional mientras se mantengan las políticas de protección de la población y lucha contra el virus. Uno de los artículos clave para ellos son las mascarillas quirúrgicas, cuyas entregas, importaciones y adquisiciones seguirán gravadas al 4% de IVA, tal y como viene ocurriendo desde 2020, durante el primer semestre de 2023.

Dado que las campañas de vacunación continuarán y que la COVID-19 sigue provocando contagios, este Real Decreto-ley incluye que tanto vacunas como pruebas diagnósticas mantengan un gravamen del 0%. Un conjunto de decisiones para continuar frenando al virus que acumulan varias prórrogas, y que estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2023.

Se amplía la protección a los colectivos vulnerables

El Real Decreto-Ley incluye también el mantenimiento de las principales medidas para proteger a las familias y colectivos vulnerables y garantizar el acceso a los suministros básicos.

Con este objetivo, se aprueban ayudas para seguir protegiendo a las familias, entre las que destaca un cheque de 200 euros para familias de clase media trabajadora destinado a compensar la subida de precios de la alimentación. Esta medida podrá aliviar hasta a 4,2 millones de hogares con rentas de hasta 27.000 euros anuales.

Asimismo, se prorroga para 2023 el incremento del 15% del importe del Ingreso Mínimo Vital y de las pensiones no contributivas.

Se amplía también, hasta el 31 de diciembre de 2023, la prohibición del cortar los suministros básicos, luz, agua y gas, a consumidores vulnerables, a la vez que se mantiene para este colectivo el descuento en la factura eléctrica a través del bono social.

En materia de vivienda se prorroga la limitación al 2% del incremento del precio de los alquileres para todo 2023, se introduce una prórroga extraordinaria de las condiciones vigentes de los contratos de alquiler de hasta seis meses. También se amplía hasta el 30 de junio la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamiento para personas vulnerables sin alternativa habitacional.

Deducción por maternidad

El Real Decreto-ley incorpora también una modificación legislativa para aclarar el derecho a seguir percibiendo la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir de 1 de enero de 2023, aun cuando alguno de los progenitores tuviera derecho al complemento de ayuda para la infancia respecto del mismo descendiente. De esta forma, se evita que el reciente cambio normativo llevado a cabo en esta materia perjudique a las familias que hasta ahora venían disfrutando de esa ayuda.

Ayudas para sectores y fomento del transporte público

La norma aprobada reemplaza la bonificación general de 20 céntimos por litro de gasolina por medidas más específicas dirigidas a fomentar el uso del transporte público y por ayudas a sectores más dependientes del uso de los carburantes, más expuestos a las fluctuaciones de precios.

Se extiende durante todo 2023 la gratuidad del transporte público estatal ferroviario y terrestre de cercanías, rodalíes y media distancia. El Estado bonificará el 30% del transporte público urbano e interurbano para todas aquellas Comunidades Autónomas o ayuntamientos que bonifiquen, a su vez, el 20% del precio.

Se prorrogarán durante todo 2023 las bonificaciones para transporte de viajeros por ferrocarril incluyendo la gratuidad en cercanías y media distancia. Asimismo, desde el 1 de febrero hasta el 30 de junio, se amplía del 50% al 100% la bonificación del billete multiviaje de autobús para las líneas competencia del Estado.

Adicionalmente, se incluyen ayudas específicas para los sectores más dependientes de los precios de los carburantes como transporte, agricultura y pesca.

Para los transportistas que usen gasóleo profesional se establece una ayuda de 20 céntimos durante tres meses y de 10 céntimos por un periodo adicional de tres meses que se gestionará como devolución mensual por parte de la Agencia Tributaria.

Para los titulares de una autorización de transporte (autobuses, taxis, ambulancias, VTC y mercancías) se establece una ayuda directa por el consumo estimado para seis meses, que será de 300 a 3.690 euros.

Para el sector agrario se aprueba una ayuda extraordinaria y temporal hasta el 30 de junio para los titulares de explotaciones agrarias de hasta 20 céntimos por cada litro de gasóleo adquirido en 2022 y destinado exclusivamente al uso agrario por el que el beneficiario obtenga la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Para el sector de la pesca, se establece una ayuda directa a los pesqueros en función del caladero (nacional o internacional), la modalidad y la eslora del barco. Las ayudas irán desde 1.100 euros hasta 300.000 euros por barco.

También para ambos sectores se aprueban ayudas adicionales con el objetivo de reducir la incidencia en los precios de los alimentos del aumento de los costes de producción derivados del alza de precios de los fertilizantes. Para ello, se articula una ayuda directa por el uso de fertilizantes que se calculará por hectárea en función del tamaño de la explotación y del tipo de cultivo. Finalmente, se prorroga durante seis meses la exención de las tasas pesqueras.

Para las industrias gas intensivas se aprueba una línea específica, con una dotación de 500 millones de euros, dentro de la Línea de Avales de Ucrania gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con la que las empresas gasintensivas dispondrán de préstamos con un aval de hasta el 90% para mitigar sus actuales problemas de liquidez y avanzar en la descarbonización y eficiencia energética de este importante sector, en línea con la puesta en marcha del nuevo PERTE de Descarbonización de la Industria. Además, se establece un esquema de ayudas directas por 450 millones de euros para aquellas empresas que han sufrido un mayor impacto de la subida del precio del gas, como las del sector cerámico.

Asimismo, se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 la reducción del 80% de los peajes para los consumidores electrointensivos, para seguir garantizando la competitividad de esta industria. Se amplía también hasta junio el tope al precio del Gas Licuado del Petróleo y del gas butano, y se prorroga durante el invierno 2023-2024 la exención de los cánones de almacenamientos subterráneos del gas.

Interior

MEJORA DEL CENTRO DE ATENCIÓN TEMPORAL DE EXTRANJEROS DE CARTAGENA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la ampliación de declaración de emergencia para la contratación de diversos suministros y servicios, y para la implementación modular de un Centro de Atención Temporal de Extranjeros en el puerto de Cartagena (Murcia), por importe de 1.771.163,80 euros. De esta forma, el Ministerio del Interior invertirá tal importe para trasladar el Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE) a una nueva ubicación y mejorar la calidad de sus instalaciones.

El actual CATE de Cartagena nació gracias a una partida presupuestaria de 3.822.000 euros para mejorar los dispositivos de gestión de la llegada de inmigrantes, ya que en este tipo de instalaciones policiales se realizan las primeras actuaciones de identificación y asistenciales.

No obstante, los terrenos sobre los que asienta este CATE se han visto afectados por un nuevo plan urbanístico que impide mantener la ubicación inicial, por lo que va a ser trasladado a una finca del término municipal de Cartagena perteneciente al Ministerio de Defensa, que ha cedido su uso al Ministerio del Interior.

Para realizar este traslado, la Secretaría de Estado de Seguridad ha ampliado la declaración de emergencia de la inversión inicial a otros 1.771.163,80 euros, partida que permitirá trasladar las instalaciones modulares hasta la nueva ubicación, ampliarlas con nuevos módulos y contratar los suministros y servicios necesarios para disponer de un centro donde acometer las funciones de identificación y asistenciales en las mejores condiciones.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

REVALORIZACIÓN DE PENSIONES Y PRESTACIONES PÚBLICAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto sobre la revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones públicas para 2023. La subida, efectiva desde el 1 de enero, supone un incremento del 8,5% con carácter general de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.

Este aumento del 8,5% para 2023 es el resultado del índice de precios de consumo (IPC) medio entre diciembre de 2021 y noviembre de 2022, según la fórmula establecida en la Ley 20/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, aprobada hace un año y acordada con los interlocutores sociales. De esta manera, se da cumplimiento a la recomendación 2ª del Pacto de Toledo, garantizando el poder adquisitivo de los pensionistas en base a la evolución del IPC.

Con esta subida, el aumento de la pensión media de jubilación es de 107 euros al mes o de 1.500 euros al año y se situará en 1.367 euros mensuales. Para una pensión media de viudedad, el aumento será de 66 euros al mes o 930 euros al año. La pensión mínima para los hogares unipersonales se fija en 10.963,40 euros anuales (frente a los 10.103,80 de 2022) y de 13.526,80 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2022, era de 12.467 euros).

El Gobierno también ha acordado el incremento de las pensiones de jubilación e invalidez no contributivas y del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que será, de manera extraordinaria, del 15%, tal y como se dispone en el Real Decreto-Ley de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El coste de la revalorización al 8,5%, estimado para el conjunto de 2023, es de 13.600 millones de euros. Si se añade la subida del 15% de las pensiones no contributivas y del IMV, esta cifra asciende a 14.500 millones de euros.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

GESTIÓN Y CONTROL DE PROCESOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

Mediante este real decreto se introducen cambios en determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (IT) en los primeros 365 días de su duración, con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud.

Así, en lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, solo se entregará una copia a la persona trabajadora; se elimina tanto la segunda copia, como la obligación a la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua. La comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.

Además, se aclara que, en los procesos de IT, los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la mutua podrán fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados en el Real Decreto, en función de la evolución del proceso. Se trata así de evitar dudas interpretativas propiciadas por la redacción actual de la norma.

1 / 1