Orden de 25 de junio de 2025 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, de delegación de competencias en materia patrimonial en la persona titular de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

BORM número 147 de 28 de junio de 2025

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital

Vigencia: desde el 29 de junio de 2025

Contenido

El artículo 3 del Decreto del Presidente n.º 19/2024, de 15 de julio, de reorganización de la Administración Regional, dispone que la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras, en materia patrimonial.

En el mismo sentido, el artículo 48 de la Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, establece que la adquisición a título oneroso de bienes inmuebles corresponde al Consejero competente en materia de Hacienda, si bien, cuando el valor de los mismos exceda de 60 millones de pesetas, será preceptiva la autorización del Consejo de Gobierno, a propuesta de aquél. Igualmente, establece en su artículo 22 que le corresponde al Consejero competente en materia de Hacienda la afectación de bienes y derechos a la prestación de servicios públicos.

Por su parte, el artículo 2 del citado Decreto de reorganización dispone que la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción, protección y apoyo a la familia e infancia; protección y reforma de menores; políticas de promoción e integración de las personas inmigrantes, de personas con discapacidad, de personas mayores, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia y en general de protección de personas en situación de emergencia, riesgo o exclusión social, incluida la creación de centros para la atención de los destinatarios de dichas políticas […].

La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad tiene previsto este año la adquisición de varias viviendas para instalar centros públicos de acogimiento de menores, en base a los criterios y créditos procedentes del Plan Nacional de Transformación, Recuperación y Resiliencia.

Así, en el citado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se recoge el Componente 22 «Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión», encuadrado en el área política VIII «Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo». Este componente responde a la necesidad de modernización, el reforzamiento y la transformación de los servicios sociales en España, de forma que estos sean capaces de responder a los desafíos y retos del momento, poniendo a las personas en la centralidad de las políticas públicas, especialmente a aquellas más vulnerables en las situaciones de crisis. Las medidas (reformas e inversiones) contempladas en el Componente 22 buscan transformar los servicios sociales desde una perspectiva innovadora para responder, de la mejor manera posible, a las necesidades urgentes de una parte considerable de la ciudadanía que vive en España.

El principal objetivo de este componente es modernizar y reforzar las políticas de inclusión social, en este sentido las inversiones del Componente 22 recogen la inversión “Plan de Modernización de los Servicios Sociales: transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia”, C22.I2. Esta medida incluye, la línea de acción “Invertir en diversos aspectos relacionados con la atención a la infancia y a la adolescencia”, como es:

• Creación, adaptación y mejora de infraestructuras residenciales basadas en estándares de calidad que garanticen las medidas de higiene y salud, la disponibilidad de espacios adecuados para el estudio y las actividades de ocio, la eliminación de barreras arquitectónicas, la intimidad y la seguridad de niños y niñas, jóvenes y sus cuidadores y cuidadoras. Esta mejora de las infraestructuras favorecerá la reforma del modelo de atención, promoviendo uno más centrado en los derechos del niño y en la inclusión social y/o profesional del joven. Para ello, es necesario contar con centros, pisos o unidades más pequeñas y flexibles que permitan atender de forma más personalizada sus necesidades afectivas y de desarrollo personal, educativo y profesional, una mayor cercanía al entorno comunitario y una mejor transición a reintegración familiar y/o a la vida independiente.

Dentro de la línea específica de inversión C22.l2, la Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación cuenta con el programa “Moderniz-accion” para la atención de niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección y acogimiento residencial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El objeto principal del proyecto mencionado es la creación, adaptación y mejora de las infraestructuras residenciales y de los modelos de protección residencial en especial de niños y niñas migrantes no acompañados o con necesidades especiales a través de la construcción, adquisición, remodelación y equipamiento de las mismas.

En dicha línea de inversión se estableció como hito en este proyecto, 385 plazas residenciales adaptadas al nuevo modelo de cuidados de la infancia, debiendo cumplirse, según lo establecido en la Decisión de Ejecución del Consejo 13695/23 por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, antes del 31 de diciembre de 2025.

La Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación es el órgano directivo de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad con competencias en materia de protección de menores y, en el ejercicio de las mismas y, con el objeto de ejecutar el proyecto de “Moderniz-Accion” para la atención de niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección y acogimiento residencial de la Comunidad Autónoma de Murcia, requiere la adquisición de nuevas infraestructuras para prestar los servicios del Módulo de Observación y Acogida así como del Módulo de Media/larga estancia del Centro de Menores Santo Ángel.

De acuerdo con lo expuesto, y teniendo en cuenta la especialidad y peculiaridad de los inmuebles en cuestión, cuya adquisición está exclusiva y directamente destinada a la prestación del servicio público de acogimiento de menores, de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad ha solicitado con fecha 11 de junio de 2025 la delegación de las competencias para la adquisición de los correspondientes inmuebles.

Por todo lo anterior, se considera procedente acordar la delegación de competencias del Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, en la persona titular de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, con la finalidad de lograr una mayor agilidad y racionalización administrativa conforme a los principios recogidos en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ya que es en dicha Consejería donde se encuentran los medios cualificados para valorar la adecuación de los inmuebles a adquirir al nuevo modelo de cuidados promovido por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a los “Criterios comunes de cobertura, calidad y accesibilidad en acogida residencial” aprobados en la Reunión de la Comisión Delegada de Servicios Sociales celebrada el 2 de octubre de 2019, en aplicación de la disposición adicional tercera de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, así como las dotaciones económicas necesarias para afrontar la adquisición, en cuanto que la misma se encuadra en un proyecto integrado en un Plan financiado con cargo a fondos externos de los que ha sido depositaria la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad en su correspondiente programa presupuestario.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 16.3 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

 

Dispongo

Primero.

Delegar en la persona titular de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, las siguientes competencias:

- La competencia para la adquisición a título oneroso de inmuebles con destino al servicio público de acogida de menores, establecida en el artículo 48 de la Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuando se trate de contratos integrados en el Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia.

- La competencia para proponer al Consejo de Gobierno, en su caso, la preceptiva autorización por razón de la cuantía para la adquisición a título oneroso de los citados inmuebles.

Segundo.

Una vez finalizado el procedimiento por parte de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, ésta lo remitirá a la Dirección General de Patrimonio para proceder al otorgamiento de escritura y afectación del inmueble al servicio público.

 

Tercero.

En las resoluciones o actos administrativos que se adopten por delegación se hará constar tal circunstancia con referencia expresa a la presente Orden, y se considerarán dictados por el órgano delegante.

Cuarto.

La delegación será revocable en cualquier momento por el titular de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, pudiendo avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda por delegación a la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, o cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente en aras del interés público.

Quinto.

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 25 de junio de 2025. El Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, Luis Alberto Marín González.